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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #673529  por layeya
 
Se trata de un accidente in itinere del cual se derivo la muerte del trabajador, tres días después del fallecimiento la ART envío a la esposa una carta documento exigiéndole la presentación de certificado de defunción y "historia clínica laboral", como lo único que tenía la señora era el certificado de la autopsia donde decía que había fallecido como consecuencia de traumatismo de cráneo provocado por el accidente, le adjuntó eso. En cuanto a la "historia clínica laboral" me dijeron que tengo que pedirle al empleador un registro de las ausencias o notificación de enfermedades que haya padecido el trabajador y que pudieran relacionarse con la muerte. Me parece que eso no corresponde, en todo caso ellos se tendrían que exigir a su asegurado.
Ahora bien, una semana después de esto le mandan otra carta documento diciendo que rechazan el siniestro por no presentar la documentación solicitada.
Me conviene apelar por vía judicial, planteando la inconstitucionalidad de las comisiones médicas y de paso del pago en forma de renta vitalicia??
Ojo no voy a pedir acción de derecho común porque fue in itinere.
 #673542  por palo2006
 
PEDI SECLO Y DESP A JUICIO. PEDI DAÑOS Y PERJUICIOS DEL DERECHO COMUN PLANTEANDO LA INCONST DE LA LEY, PORQUE NO TIENE NADA QUE VER QUE HAYA SIDO IN INTINERE. RECORDA QUE POR LA VIA COMUN LA INDEMNIZACION ES MUCHO MAYOR. SUERTE
 #673593  por layeya
 
Soy de la provincia de Santa Fe, acá no existe el SECLO, en cuanto a la acción civil no se puede para los accidentes in itinire. Pensá en que responsabilidad se le puede atribuir a la ART o al empleador si el trabajador se cae de la bicicleta y se golpea la cabeza. Lo que si estaba evaluando es que pudo haber una mala praxis del prestador de salud, y ahí si podría exigir la reparación civil, pero es muy difícil y además los Juzgados del Trabajo se declaran incompetentes en esos planteos.
Pero ahora con lo del rechazo del siniestro se me acortaron los plazos y aún cuando no opte por argumentar la mala praxis del prestador, tengo que impugnar ese rechazo y pensé que sería mejor hacerlo en la justicia ante que en las comisiones médicas.
 #673636  por luciano4444
 
Segun tengo entendido, es justamente por rechazo a la naturaleza laboral del accidente que se solicita la intervencion de la comision medica. Fijate en la pagina de la superintendencia de riesgos del trabajo que estan los formularios y las sede mas cercana a tu domicilio. Un saludo.
 #673981  por layeya
 
Si ya se, frente al rechazo de la ART, puedo recurrir a la Comisión Médica y después puedo ir también a la Comisión Médica Central, o juzgado federal, ese es el procedimiento que prevee la LRT, y ya se como se presenta. Pero me preguntaba la posibilidad de obviar ese paso para que sea el juez quien evalúe si lo acepta como laboral o no, creo que hay fallos donde se hace lugar a la inconstitucionalidad de la comisión médica, fundándose que son organismos administrativos sin facultades jurisdiccionales. Y de paso quería plantear la inconstitucionalidad del pago en forma de renta, para que le paguen todo junto.
Por eso pregunto a ver que opinan, si lo ven viable.
Ahora otra cosa, accionaría el cónyuge, pero también tiene un hijo mayor de edad pero discapacitado, tendría que hacer la curatela de este hijo, e iniciar el juicio el cónyuge por sí y en representación del hijo discapacitado?? O podría iniciarlo sólo el cónyuge??
 #674873  por Drpulpo
 
Buenas yo soy de Rosario, si me parece que estas bastante bien encaminado lo que te conviene hacer es plantear la inconstitucionalidad del 46 COMPETENCIA y del 14 y 15 pago en Renta Periódica, lo de la accion civil tenes Razon con accidente in it.. no es posible plantear el 1074 del CC. Que ART es?
 #674878  por layeya
 
Gracias Drpulpo, tenés idea que criterio estan teniendo los juzgados laborales de Rosario, sobre la inconst. de las comisiones médicas?? Te pregunto porque un colega me aconsejó que vaya primero a comisión médica y si aceptan el siniestro después demande solo por la inconst de la renta.
Respecto al hijo incapaz al cual también le correspondería la indemnización, tendría que iniciarle primero la curatela pero por más que plantee la inconstitucionalidad en el pago de la renta, va a quedar depositado en el tribunal como usura pupilar. Que enredo!!!
 #675248  por Drpulpo
 
La unica razon para ir a comision medica es que no sea claro si el accidente fue in itinire o no. Para tener una prueba mas de que ahi te lo aceptaron, tenes el sumario penal?, intimaste a la ART ? Que ART es?? Ningun juzgado se declara incompetente hace rato y a mi criterio es mejor la via judicial. En cuanto al hijo inicia el juicio a la ART igual y mientras tramitas la curatela, si es menos si o si queda depositado, pero despues con venia pedis la autorizacion para disponer de la plata. Siempre en cosas SEGURAS.
 #675586  por layeya
 
Lo que me cuestiona la ART no es el accidente in itinere en si mismo, sino que el fallecimiento se deba a ese accidente in itinere. Pero a mi entender el certificado de la autopsia es más que claro, ya que dice como causa de la muerte "traumatismo encefalocraneano post accidente de tránsito". En cuanto a la prueba, todo es muy reciente, todavía la cochería no entregó el acta de defunción, lo único que tenemos es el certificado de autopsia y el sumario penal recién la semana que viene lo puedo ver.
El rechazo de la ART se contestó por carta documento porque me pedían cosas irrazonables "historia clínica laboral" se supone que el empleador y ellos la tienen que tener.
La idea de presentarlo directamente a la comisión médica es porque creo que lo admitirían y en ese caso mi cliente podría acceder más rápidamente al pago de la suma adicional del art. 11 LRT. Después por la del art. 15 pensaba plantearlo a la justicia para que liberen la otra parte del dinero y de paso pedir intereses. Se entiende??
NO se si estará bien mi razonamiento.
 #676663  por Drpulpo
 
Te entiendo, pero igualmente considero mas conveniente ir por via judicial, no se si tenes experiencia en comision medica, pero yo preferiria no tenerla. Presenta la demanda notificala rapido y despues negocialo directamente con el estudio. En comision medica no creo que ganes tiempo.
Saludos