Hola!... Les trasmito una inquietud:
Un empleador le da al delegado de su empresa licencia para q concurra a una audiencia en el Mrio de trabajo, finalizada la audiencia el delagado no vuelve a su puesto de trabajo, cuando debío haberlo hehco porque faltaban tres hs para q finalice su jornada.
Este empleador me consulta si puede descontarle esas hs por no haber vuelto a su trabajo a prestar servicios, uds q creen?, sería correcto descontar, ya q el permiso es solo para q concurra a la audiencia y una vez finalizada debe reintegrarse a su trabajo??
Espero sus opiniones, desde ya muchas gracias!!
Un empleador le da al delegado de su empresa licencia para q concurra a una audiencia en el Mrio de trabajo, finalizada la audiencia el delagado no vuelve a su puesto de trabajo, cuando debío haberlo hehco porque faltaban tres hs para q finalice su jornada.
Este empleador me consulta si puede descontarle esas hs por no haber vuelto a su trabajo a prestar servicios, uds q creen?, sería correcto descontar, ya q el permiso es solo para q concurra a la audiencia y una vez finalizada debe reintegrarse a su trabajo??
Espero sus opiniones, desde ya muchas gracias!!
