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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #663727  por marcega
 
Hola foristas, los molesto por lo siguiente: Tengo un cliente que se jubilo hace dos meses y ahora quiere reclamar por incapacidad de los oidos debido al trabajo que realizaba para su empleador, supuestamente en la obra social tiene cobertura durante tres meses posterior a la desvinculacion, ahora se puede reclamar?? deberia notificar al que era su empleador por telegrama y despues ir directamente a la comision medica, estoy perdida, alguien podria guiarme en el procedimiento a seguir...
Muchas gracias.-
 #663732  por Romina34
 
Ante todo te recomiendo que consultes a un médico, que diagnostique y te oriente sobre si se trata o se pudo tratar de una enfermedad profesional.
Saludos,
 #663787  por marcega
 
Gracias Romina, el certificado del medico ya lo tengo quien fue el profesional que diagnostico la incapacidad con porcentaje, en eso me quedo tranquila, el tema es que no se como seguir con el procedimiento...
Muchas gracias......
 #663812  por Tiursio25
 
Entonces, si estas segura que la afección que tiene tu cliente es considerada enfermedad profesional, o puede incluírsela dentro de tal, fijate cual es la ART de tu cliente y anda a la misma, retira los formularios para reclamo de enfermedad profesional, lo llenas, y lo presentas. Al cabo de unos días 15 o 20 quizás la ART se comunica con tu cliente y el procedimiento ya se encuentra iniciado... te recomiendo que busques algún material sobre reclamos ante las ART, comisión médica, naturaleza de las prestaciones, etc etc, con eso te vas a sentir mucho mas segura... no es complicado.
 #663945  por marysol
 
marcega ojo que no sea una incapacidad que haya constado en el examen preocupacional, si es asi, si ya tenia un problema auditivo y consta la ART no te la va a reconocer, en tal caso habria que ver si se le agravo la hipoacusia y solo en esa proporcion (o sea en el porcentaje que se agravo) podrias reclamar
 #664012  por carastec
 
Lo que te dijeron más arriba es EL PROCEDIMIENTO SISTÉMICO (Comisiones médicas).

Otra opción sería la JUDICIAL, planteando las inconstitucionalidades de la L.R.T..
Se va contra la ART y contra el empleador.
En Nación, primero un SeCLO, luego la demanda (si no se llega a un acuerdo, pero los acuerdos que hacen las ART que concilian, son mucho más bajos que la opción judicial).
 #665422  por marcega
 
Ok muchas gracias nuevamente..... saludos.....el ser ya jubilado (jubilacion ordinaria, hace 2 meses) no complica la situacion???
Saludos a todos.-