Aca en udai formosa no permiten aplicar art.1 de la ley 25531 a ningun perido, en caso de Pensiones Directa, aparte del recurso a la CARRS, ven alguna solucion a periodos con deuda no prescriptos.- Gracias.
miguel19790 escribió:Aca en udai formosa no permiten aplicar art.1 de la ley 25531 a ningun perido, en caso de Pensiones Directa, aparte del recurso a la CARRS, ven alguna solucion a periodos con deuda no prescriptos.- Gracias.DEPENDE DEL CASO
arielruiz86 escribió:LEY N° 25321 - Establécese que los trabajadores que completen los años de servicios y aportes requeridos para acceder al beneficio jubilatorio podrán renunciar a meses trabajados simultáneamente en calidad de autónomos.
....completar años de servicios y aportes: si es una pension con la regularidad del dcto 460/99 se esta completando o cumpliendo los años (o meses) de servicios y aportes requeridos.
....para acceder al beneficio jubilatorio: Acaso la pension no es un beneficio jubilatorio por analogia?
arandu escribió:No se puede aplicar art 1 en pension, cuando el causante no tenia la edad para jubilarse. Es decir, que al fallecer debia tener 65 años o mas para que le puedas aplicar art. 1. En los otros casos aplicas dto 526Yo he hecho pensiones de causantes que no tenian 65 y he aplicado la 25321, sin problemas...eso si, completando 30 años.
arielruiz86 escribió:LEY N° 25321 - Establécese que los trabajadores que completen los años de servicios y aportes requeridos para acceder al beneficio jubilatorio podrán renunciar a meses trabajados simultáneamente en calidad de autónomos.La ley dice :"Los trabajadores que completen los años de servicios y los aportes requeridos para acceder al beneficio jubilatorio de acuerdo a las leyes correspondientes, podrán renunciar a los meses trabajados en calidad de autónomo, que excedieren o hubieren sido simultáneos a dicho período, caducando a tal efecto la deuda exigible por esos lapsos"
....completar años de servicios y aportes: si es una pension con la regularidad del dcto 460/99 se esta completando o cumpliendo los años (o meses) de servicios y aportes requeridos.
....para acceder al beneficio jubilatorio: Acaso la pension no es un beneficio jubilatorio por analogia?