Hola a todos.
Les cuento mi experiencia para el que le sirva y recibo otras.
Hoy fui a udai liniers a iniciar una jubi por edad avanzada donde habia prescripto varios periodos por tener deuda de intereses y me la rechazaron por la 555 que en su art. 9 dice que no se podran prescribir periodos con deuda o se deberan hacer los cortes correspondientes.
Me dijeron que lo podia renunciar , que hay una res. que permite usar la 25321 para edad avanzada.
Me parece absurso no poder aplicar la aplicar la prescripcion a deuda de intereses de mas de 10 años..!!
los empleados si bien coinciden dice que con las consultas hechas a legales les bajaron que no tomen tramites donde haya pagos parciales prescriptos.
Saludos a todos..
Les cuento mi experiencia para el que le sirva y recibo otras.
Hoy fui a udai liniers a iniciar una jubi por edad avanzada donde habia prescripto varios periodos por tener deuda de intereses y me la rechazaron por la 555 que en su art. 9 dice que no se podran prescribir periodos con deuda o se deberan hacer los cortes correspondientes.
Me dijeron que lo podia renunciar , que hay una res. que permite usar la 25321 para edad avanzada.
Me parece absurso no poder aplicar la aplicar la prescripcion a deuda de intereses de mas de 10 años..!!
los empleados si bien coinciden dice que con las consultas hechas a legales les bajaron que no tomen tramites donde haya pagos parciales prescriptos.
Saludos a todos..
