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  • jubi con moratoria y sdm con n de beneficio!!!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #651236  por GABRILITAIURIS
 
Hola como estan??? Les cuento una noticia excelente! Tengo en estado "Su trámite se encuentra en etapa de análisis previa al otorgamiento definitivo. Para constatar su curso, por favor, comuníquese próximamente. F.Estado: 25.11.2010 " una jubi que presente el 1 de noiviembre en udai ezeiza y que paso luego a udai monserrat, no se hizo verificacion ambiental, y habia presentado todos los for. 102 y 575 y los intereses pagados x VEP! Estoy felizzzz es la primera con sdm que me sale asi, espero novedades de las otras y les comento!!!
:D :D :D
 #651239  por Lucasberta
 
Hola No quiero ser negativo pero mantene al tanto al empleador ya que las aprueban rapido pero en algunos casos luego van a verificar, tene cuidado!!!!!
 #651242  por GABRILITAIURIS
 
Upssss!!No escuche que hagan eso! ahora porque me van a denegar un derecho ya consagrado digamos??? Ya tengo numero de beneficio, pueden denegarme un beneficio que ya anses mismo aprobo????? :x
 #651493  por martita
 
Gabriela:
lamento desilusionarte. Yo tengo 2 jubilaciones con SDM otorgadas, con fecha de cobro en el Banco y EN EL MOMENTO DE IR A LA CAJA A COBRAR LES DIJERON QUE ESTAN SUSPENDIDOS LOS PAGOS.
Una de mis clientas fue a la Udai correspondiente y 1° le dijeron que no sabian nada y luego de insistir que "puede ser que vayan a verificar al empleador que puso".
Yo soy gestora, me falta 1 año para recibirme de abogada y justamente ayer le consulté a mi profesor de Derecho Administrativo de la Facu y me dijo que el Anses no puede ir contra un Acto Administrativo firme y notificado, pero como igual lo hace, lo único que podría hacer es un amparo.Como para eso hay que ser abogado, tendrá que buscar a alguien que nos pueda ayudar a mi y a mis clientas.
Suerte con lo tuyo, (no todos lo casos serán iguales)
Marta

PD: lo único positivo que puedo sacar de todo esto, es que estando en epoca de finales me estimula a estudiar MUCHO y recibirme bien pronto
 #652593  por GABRILITAIURIS
 
Hola como estas? Yo soy abogada que bronca, anses no puede hacer eso, pero ya vimos que lo hacen con las pensionadas,te otorgan el beneficio pero despues te dicen que hay que pagar la moratoria de contado!!! :x y no nos queda otra que el amparo. A mi clienta no fueron a verificar, es una tonteria, primero que verifiquen y luego que otorguen los beneficios!!!!La voy a mantener alerta, muchas gracias x el comentario =)
 #652837  por andrea1982
 
Martita, coincido parcialmente con tu profesor, si bien es cierto lo que dice, hay que estar atento al siguiente artículo.
Artículo 15 " (...) Cuando la resolución otorgante de la prestación estuviere afectada de nulidad absoluta que resultara de hechos o actos fehacientemente probados, podrá ser suspendida, revocada, modificada o sustituida por razones de ilegitimidad en sede administrativa, mediante resolución fundada, aunque la prestación se hallare en curso de pago"
 #653244  por lujan07
 
No creo que sea para preocuparse demasiado:
Los actos administrativos emanan de autoridad reconocida por ley, y si ellos reconocen derechos, ¿podrá el órgano emisor por su sola voluntad alterar el goce del derecho otorgado? (son derechos subjetivos)
Mmm. no creo que ANSES salga a "borrar con el codo lo que escribió con la mano" ya que de ser así, vendría una lluvia de amparos que terminarán condenandola además en costas y a pagar rectroactivos. (Así ocurrió con la 884/06)

Si los vicios que afectan los hechos en que se funda el acto administrativo eran conocidos por el beneficiario, (fallo "Almagro") ¿podrá ANSES en sede administrativa anular el acto por el cual reconoce un beneficio unilateralmente?
Llegado el caso, mi primer acto de defensa será: Afecta la división de poderes recogida por el principio republicano de gobierno, reconocida por la CN ya que el Administrador se arrogaría facultades vedadas por la Carta Magna.
Además peligra la Seguridad Jurídica por cuanto el interesado es notificado del otorgamiento del beneficio, luego sorpresivamente se suspende el pago. Frustrando así las espectativas del administrado y contrariado la doctrianan de los actos propios.

De todos modos, ANSES puede (no debe) hacer lo que quiera, y ejemplos sobran, pero los ciudadanos podrán realizar sus reclamos vía judicial con patrocinio letrado. Gracias a eso podré seguir cobrando honorarios!!!
Un saludo a todos.
 #653310  por alejandra01
 
Gabriela. Lamentablemente leí que algunos foristas advertían eso..que fueron a verificar aún cuando ya estaban las jubilaciones aprobadas. por eso hay que mantener alertas a los dadores de trabajo...
 #653340  por NORMA
 
GABRILITAIURIS escribió:Upssss!!No escuche que hagan eso! ahora porque me van a denegar un derecho ya consagrado digamos??? Ya tengo numero de beneficio, pueden denegarme un beneficio que ya anses mismo aprobo????? :x
Hola Gaby ! Felicitaciones :) .Te ecuento que tuve 2 verificaciones y una se realizó cuando la sra cobraba su 2do haber.Hay que estar atentos,por las dudas.Te envio un afectuoso saludo *flor* *flor*
 #653360  por andrea1982
 
alejandra01 escribió:Gabriela. Lamentablemente leí que algunos foristas advertían eso..que fueron a verificar aún cuando ya estaban las jubilaciones aprobadas. por eso hay que mantener alertas a los dadores de trabajo...
Por eso decía, no pueden.. pero hacen lo que quieren, tiene razón el docente de derecho administrativo, salvo en el caso del art. 15...
Igualmente, ANSeS debería verificar antes de otorgar el beneficio, que es eso de andar verificando después...
 #653564  por GABRILITAIURIS
 
Leyendo encontre esto que seguro alguno ya lo sabia " 4. Retención en Boca de Pago de aquellos casos que el sistema marca “para verificar” y que luego NO cumplieran con esa instancia y fueran otorgados." ES MI CASO PUNTUAL. Mañana inicio y pregunto si fuimos a verificacion, esto se saber x el sistema sica verdad? Me lo puede informar el iniciador?? :roll: