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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #641138  por noelin
 
dralucigonza escribió:Les cuento lo que me pasó hoy: Sra. con 62 años. No tiene PUC (Afip), no tiene AUT1(Anses), peeero sí aparecen sus datos en el sistema registral período: 05/1990 a 31/12/2001 actividad Almacén(baja por dcto. 1299 Pasivo) y pagos desde 01/1994 hasta 5/1995 , 8/1995 a 1/1996 y 5/1996. Dias atrás fui con la titular a la Afip para que incorporaran sus datos en el PUC y así aparecieran en solapa de Datos Personales del Sicam (como en Res. 555/10 dice que los períodos posteriores a 09/1993 deben coincidir con el PUC) me respondieron que no correspondía una inscripción retroactiva sin pruebas (ya que no tiene nada con qué probar esa inscripcion), que debía incorporar los datos tal cual el sistema registral y manualmente porque esta sra. no tenía ni siquiera alta de autónomos (sólo figura en ganancias) y que la Res. 555/10 no es conjunta con Afip por lo tanto Anses no está facultada a "ordenar" a Afip qué incorporar y qué no.
Calculé Sicam tal cual aparecía en Sistema Registral = 5/1990 a 12/2001. Art. 3 ley 24476 desde 05/1990 a 09/1993 y renuncié por ley 25321 art 1 todos los períodos con deuda. Luego amplié en Sicam 2 : 23 años 6 meses. Saqué turno .....Hoy me presento Y LA INICIADORA PRIMERO ME DIJO QUE ESTABA MAL EL SICAM PORQUE DEBÍA APLICAR PRESCRIPCION 14236 DESDE 2000 HACIA ATRAS Y EL RESTO CON DEUDA O NO, SE APLICARÍA LA 25321 Y NO ME LO QUERÍA RECIBIR NI BAJO INSISTENCIA..GRAN DISCUSIÓN GRAN...DICIENDO ELLA QUE DESDE LA 555/10 SE DEBÍA HACER ASÍ; ANTE LO CUAL PLANTEO DE DONDE SURGE TAL IMPOSICIÓN, QUE OBVIO NO ME PUDO RESPONDER. Luego hablé con la supervisora para presentarlo bajo insistencia, previa aclaración de toooodo lo que sucedió, respecto de lo que me dijeron en Afip, me dijo que en la nota solicitara que se tomen los pagos efectuados por la titular tal como surgen del Sicam, y que lo pasaría a Legales......Seguramente lo van a denegar así que voy preparando apelación a la Carss.
Ahora estoy más tranquila.. pero pasé unos nervios esta mañana
BUeno saludos, después les cuento como sigue.
HOLA: PERO Q????????????? TAN RAPIDO TE RECHAZARON EL TRAMITE??????????????????
 #641148  por ae_195
 
Hola. Por que te dijeron que aplique prescripcion del 2000 para atras?.
Si te lo denegaron recurri a la CARSS con la Instruccion 1120/06 de AFIP (es CONJUNTA AFIP- ANSES). Anses no puede "derogar" una Instruc conjunta por su voluntad.
Yo tengo el mismo caso. Fui a la AFIP y me dieron un formulario de rechazo de la inscripcion por la Instruccion citada.
(No se si es mejor iniciar una "medida cautelar innovativa").
 #641169  por analiaTorres
 
La verdad que jnos tomen el pelo asi.. de esta manera.... o sea.. que te lo rechazan sin mas tramite... sin mirar.. que bien...
Tendrian que tener igualdad de criterios para trabajar!!
 #648284  por dralucigonza
 
Siguiendo el relato de mi expte. Fui nuevamente a la Afip a solicitar la nota de rechazo de inscripcion retroactiva, pero otra vez me dijeron que no corresponde porque esta sra. no tiene ni siquiera alta en autónomos (PERO SI TIENE PAGOS QUE NECESITO SE TOMEN). Entonces solicité una impresión del Sistema registral de donde surgen los datos de la Sra. con el sello de la Afip, lo cual también me negaron manifestando que es suficiente imprimirlo de la página ya que es una página oficial y tiene completa validéz y se puede acreditar con eso ante la Anses.
Obviamente expliqué detalladamente la situación y me dijeron que en Anses están pidiendo locuras bajo la excusa de la 555 (ya lo sabemos pero la cuestión es cómo hacer para que se pongan de acuerdo, y nosotros siempre en el medio yendo y viniendo de una dependencia a otra). Me aconsejaron que solicite por escrito que Anses requiera de Afip la acreditación de los datos del sistema registral firmado y sellado..."QUE ELLOS VAN A SABER CÓMO RESPONDERLES". Es seguro que Anses no lo va a requerir por escrito, pero veremos que sucede...despues les cuento.
Saludos.
 #648294  por dralucigonza
 
Mirá Analía, no sé, algunas personas te desilucionan mucho, al principio está todo bien porque tienen toda la buena onda al inicio. Pero a la hora de pagar los honorarios, se ponen bastante duros. Me está pasando con un Sr. :Jubilacion por Convenio Inter. con Uruguay: 2 años de trámite, el Sr. tuvo una izquemia cerebral, internado, etc. viviendo solo, casi en la indigencia. Me llamaba todas las semanas casi llorando por su situación ( casi soy psicóloga), yo iba cada 15 días a Convenios y hablaba con todo el mundo para que apuraran el trámite, llevé pronto despacho, certif. médicos, etc, etc. Hace unos días veo el expte. en cod. 42 y al día siguiente ACORDADO. "BUENISIMO" (pensé). Lo llamé para avisarle que pronto tendría fecha de cobro, y me dijo: ¿A que no sabe Dra. Yo tengo contactos y me salió la Jubilación? Le contesté que yo le hice el trámite y el seguimiento todo este tiempo, y no quise entrar en discusión.
Veremos qué sucede cuando tenga fecha de cobro.
Mucha gente es muy desagradecida, no hay que tener muchas espectativas.
Saludos.
 #648314  por mmmm
 
Preguntale por que sus contactos no hicieron nada antes?
A mi me paso con una jubi por invalidez, sr q le cortaron la pierna joven, me rompio soberanamente los kinotos todo el tramite, cuando cobro hasta me dijo q yo era una ambiciosa de m...., que me conformara con lo q me habia pagado (1000$ q mando por su estupida mujer) hasta le pague el remis (100$) para q valla a la comision medica por q decia q no tenia ni para comer, me llamaba y me decia q yo tenia q ir a su casa (un lugar peligroso) a buscar las certificaciones de servicios, q si no iba me hacia denuncia por abandono de persona, en fin me volvio loca, y fui muy tonta porq el convenio de honorarios se lo hice firmar a la concuvina, por lastima q me dio, un garca total, en fin ya bastante condena debe ser su enfermedad Dios lo ayude, y a mi me ilumine para no ser tan salame
 #648346  por analiaTorres
 
Es cierto... mucha gente es una mier...!! yo tambien pienso.. "Que Dios lo ayude y que a mi no me desampare!.. Hace mucho.. desp. de 6 meses de armar un expediente.. buscando por todos lados a los sindicos de las empresas para q extiendan la certificacion.. etc etc.. Ud ya saben como es... el dia del Turno.. me enferme.. mande a mi marido con la carpeta armada y le dije.. decile al hombre q cuando lo llamen.. la entregue!... cuando le salio acordada... no queria pagar porque el presento el tramite solo!!! Hij.. de.. Pu!!!
Pero la vida es un bumerang... todo vuelve.. ahora se esta por divorciar de la mujer.. y adivinen que.. soy abogada de la Sra... el tipo no sabe dnd meterse cada vez q me ve!!!
 #648371  por sijyp1
 
lucky escribió:Pregunta para MarieLyer, ¿Con la 25321 renunciaste a los períodos pagos y a los que tenían deuda, o solamente a los que tienen deuda?.
Tengo un caso en donde los últimos 10 años hay aportes en RRDD y autónomo (muy poco), y quiero renunciar a éstos para que pueda cobrar un mejor haber. Yo creo que se puede (lo he hecho antes de la 555), pero ahora tengo dudas.

Puede renunciarlos si los tiene en exceso, pero eso si ojo con el cese ficto, por que el mismo se aplica al ultimo año en que se encuentren al menos 3 aportes como autonomo y/o monotributo.
 #648375  por sijyp1
 
dralucigonza escribió:Les cuento lo que me pasó hoy: Sra. con 62 años. No tiene PUC (Afip), no tiene AUT1(Anses), peeero sí aparecen sus datos en el sistema registral período: 05/1990 a 31/12/2001 actividad Almacén(baja por dcto. 1299 Pasivo) y pagos desde 01/1994 hasta 5/1995 , 8/1995 a 1/1996 y 5/1996. Dias atrás fui con la titular a la Afip para que incorporaran sus datos en el PUC y así aparecieran en solapa de Datos Personales del Sicam (como en Res. 555/10 dice que los períodos posteriores a 09/1993 deben coincidir con el PUC) me respondieron que no correspondía una inscripción retroactiva sin pruebas (ya que no tiene nada con qué probar esa inscripcion), que debía incorporar los datos tal cual el sistema registral y manualmente porque esta sra. no tenía ni siquiera alta de autónomos (sólo figura en ganancias) y que la Res. 555/10 no es conjunta con Afip por lo tanto Anses no está facultada a "ordenar" a Afip qué incorporar y qué no.
Calculé Sicam tal cual aparecía en Sistema Registral = 5/1990 a 12/2001. Art. 3 ley 24476 desde 05/1990 a 09/1993 y renuncié por ley 25321 art 1 todos los períodos con deuda. Luego amplié en Sicam 2 : 23 años 6 meses. Saqué turno .....Hoy me presento Y LA INICIADORA PRIMERO ME DIJO QUE ESTABA MAL EL SICAM PORQUE DEBÍA APLICAR PRESCRIPCION 14236 DESDE 2000 HACIA ATRAS Y EL RESTO CON DEUDA O NO, SE APLICARÍA LA 25321 Y NO ME LO QUERÍA RECIBIR NI BAJO INSISTENCIA..GRAN DISCUSIÓN GRAN...DICIENDO ELLA QUE DESDE LA 555/10 SE DEBÍA HACER ASÍ; ANTE LO CUAL PLANTEO DE DONDE SURGE TAL IMPOSICIÓN, QUE OBVIO NO ME PUDO RESPONDER. Luego hablé con la supervisora para presentarlo bajo insistencia, previa aclaración de toooodo lo que sucedió, respecto de lo que me dijeron en Afip, me dijo que en la nota solicitara que se tomen los pagos efectuados por la titular tal como surgen del Sicam, y que lo pasaría a Legales......Seguramente lo van a denegar así que voy preparando apelación a la Carss.
Ahora estoy más tranquila.. pero pasé unos nervios esta mañana
BUeno saludos, después les cuento como sigue.

Evidentemente la gente de AFIP que te atendio no tuvo tiempo de enterarse que la Reso 555/10, Probatoria de Servicios Autonomos, es conjunta ente ANSeS y AFIP, una pena por que te hizo perder el tiempo y te complico el tramite. Segun esta Reso, el tema es simple, de octubre de 1993 en adelante TODO lo que se cuente en la Situacion de Revista debe tener plena coincidencia con la pantalla de Datos Personales (este toma la info del PUC), es decir Categorias y Periodos exactamente iguales. Caso contrario AFIP te recibe el 460 con las modificaciones a efectuar y lo presentas en la Udai junto con el SICAM para el inicio. Siguiendo con el tema, de septiembre del 93 vos podes contar la historia como te pareza, en cuanto a periodos y categorias, salvo que pidas aplicacion de la moratoria 592/77, en cuyo caso deberas ajustarte a lo que informe la Consulta Historica de Autonomos (Pantalla AUT1 de ANSeS), en cuanto a fecha de inicio y codigo de actividad, y usando la situacion de Revista Ampliada para agregar hacia atras los periodos que te faltan. Y bueno la historia continua pero espero poder haber sido de ayuda.
Ah, un detalle, el que te inicio el tramite caratulo actuacion 500 por que sabia a ciencia cierta que tu presentacion no se ajustaba a normativa, Saludos



o
 #648376  por sijyp1
 
dralucigonza escribió:Siguiendo el relato de mi expte. Fui nuevamente a la Afip a solicitar la nota de rechazo de inscripcion retroactiva, pero otra vez me dijeron que no corresponde porque esta sra. no tiene ni siquiera alta en autónomos (PERO SI TIENE PAGOS QUE NECESITO SE TOMEN). Entonces solicité una impresión del Sistema registral de donde surgen los datos de la Sra. con el sello de la Afip, lo cual también me negaron manifestando que es suficiente imprimirlo de la página ya que es una página oficial y tiene completa validéz y se puede acreditar con eso ante la Anses.
Obviamente expliqué detalladamente la situación y me dijeron que en Anses están pidiendo locuras bajo la excusa de la 555 (ya lo sabemos pero la cuestión es cómo hacer para que se pongan de acuerdo, y nosotros siempre en el medio yendo y viniendo de una dependencia a otra). Me aconsejaron que solicite por escrito que Anses requiera de Afip la acreditación de los datos del sistema registral firmado y sellado..."QUE ELLOS VAN A SABER CÓMO RESPONDERLES". Es seguro que Anses no lo va a requerir por escrito, pero veremos que sucede...despues les cuento.
Saludos.

Reitero creo que a la gente de AFIP le hace falta una buena capacitacion en la Reso 555/10, por que emana de la mas alta autoridad de ese Organismo y del DE de ANSeS. Falta un poquito de apertura mental para comprender y ser parte de la solucion y no del problema. ANSeS no tiene nada que pedirle a AFIP, salvo que lean concienzudamente al 555/10 y asi no traban caprichosamente los tramites, por su parte ANSeS tiene que ser mas preciso y diria pedadogico a la hora de fundamentar lo que la Normativa requiere
 #648487  por susana62
 
Te cuento lo que hice yo con una sra. que salía en el sistema registral como inscripta en ganancias por un periodo de 1 año ( el 94) , pero no figuraba en autónomo , acuérdense que en esa época la inscripción para aportar como tal se hacía en el Anses( que no se llamaba así sino DNRP) , entonces me fui a la Udai para que me confirmen si alguna vez tuvo inscripción y como no la tuvo, me dijeron que debía obviar el dato ya que no existía cuenta antugua para relacionar con la afip. y lo mismo me contestaron en la afip. Despues les cuento si acuerdan el trámite. :roll:
 #648592  por dralucigonza
 
Hola Susana. El tema fundamental es que yo no puedo obviar el dato que aparece en sistema registral porque la sra. tiene 23 meses pagos desde el ´94 al ´96, los necesito para completar los años que requiere.
La 555/2010 es una resolución conjunta de Anses y Afip?
 #648796  por ae_195
 
Hola. No es conjunta. Es de ANSES por eso AFIP no la quiere aplicar y alega la Instruc 1120. El problema es que la Prev 19 deroga la 1120 que segun AFIP esta vigente!!!!.