Les cuento lo que me pasó hoy: Sra. con 62 años. No tiene PUC (Afip), no tiene AUT1(Anses), peeero sí aparecen sus datos en el sistema registral período: 05/1990 a 31/12/2001 actividad Almacén(baja por dcto. 1299 Pasivo) y pagos desde 01/1994 hasta 5/1995 , 8/1995 a 1/1996 y 5/1996. Dias atrás fui con la titular a la Afip para que incorporaran sus datos en el PUC y así aparecieran en solapa de Datos Personales del Sicam (como en Res. 555/10 dice que los períodos posteriores a 09/1993 deben coincidir con el PUC) me respondieron que no correspondía una inscripción retroactiva sin pruebas (ya que no tiene nada con qué probar esa inscripcion), que debía incorporar los datos tal cual el sistema registral y manualmente porque esta sra. no tenía ni siquiera alta de autónomos (sólo figura en ganancias) y que la Res. 555/10 no es conjunta con Afip por lo tanto Anses no está facultada a "ordenar" a Afip qué incorporar y qué no.
Calculé Sicam tal cual aparecía en Sistema Registral = 5/1990 a 12/2001. Art. 3 ley 24476 desde 05/1990 a 09/1993 y renuncié por ley 25321 art 1 todos los períodos con deuda. Luego amplié en Sicam 2 : 23 años 6 meses. Saqué turno .....Hoy me presento Y LA INICIADORA PRIMERO ME DIJO QUE ESTABA MAL EL SICAM PORQUE DEBÍA APLICAR PRESCRIPCION 14236 DESDE 2000 HACIA ATRAS Y EL RESTO CON DEUDA O NO, SE APLICARÍA LA 25321 Y NO ME LO QUERÍA RECIBIR NI BAJO INSISTENCIA..GRAN DISCUSIÓN GRAN...DICIENDO ELLA QUE DESDE LA 555/10 SE DEBÍA HACER ASÍ; ANTE LO CUAL PLANTEO DE DONDE SURGE TAL IMPOSICIÓN, QUE OBVIO NO ME PUDO RESPONDER. Luego hablé con la supervisora para presentarlo bajo insistencia, previa aclaración de toooodo lo que sucedió, respecto de lo que me dijeron en Afip, me dijo que en la nota solicitara que se tomen los pagos efectuados por la titular tal como surgen del Sicam, y que lo pasaría a Legales......Seguramente lo van a denegar así que voy preparando apelación a la Carss.
Ahora estoy más tranquila.. pero pasé unos nervios esta mañana
BUeno saludos, después les cuento como sigue.
Calculé Sicam tal cual aparecía en Sistema Registral = 5/1990 a 12/2001. Art. 3 ley 24476 desde 05/1990 a 09/1993 y renuncié por ley 25321 art 1 todos los períodos con deuda. Luego amplié en Sicam 2 : 23 años 6 meses. Saqué turno .....Hoy me presento Y LA INICIADORA PRIMERO ME DIJO QUE ESTABA MAL EL SICAM PORQUE DEBÍA APLICAR PRESCRIPCION 14236 DESDE 2000 HACIA ATRAS Y EL RESTO CON DEUDA O NO, SE APLICARÍA LA 25321 Y NO ME LO QUERÍA RECIBIR NI BAJO INSISTENCIA..GRAN DISCUSIÓN GRAN...DICIENDO ELLA QUE DESDE LA 555/10 SE DEBÍA HACER ASÍ; ANTE LO CUAL PLANTEO DE DONDE SURGE TAL IMPOSICIÓN, QUE OBVIO NO ME PUDO RESPONDER. Luego hablé con la supervisora para presentarlo bajo insistencia, previa aclaración de toooodo lo que sucedió, respecto de lo que me dijeron en Afip, me dijo que en la nota solicitara que se tomen los pagos efectuados por la titular tal como surgen del Sicam, y que lo pasaría a Legales......Seguramente lo van a denegar así que voy preparando apelación a la Carss.
Ahora estoy más tranquila.. pero pasé unos nervios esta mañana
BUeno saludos, después les cuento como sigue.
