Hola Colegas!!! Tengo que iniciar ejecución por honorarios de un reajuste, y me surge una duda. Muchos dicen que se debe pedir el embargo del haber jubilatorio , que será no más de un 20 %, pero me pregunto, tratándose de una suma grande la que procede cobrar, se podrà pedir embargo de bienes ? Porfi, si alguien lo intentò y tiene ganas de contarme como le fue, le agradecerìa.-
Chau
Chau
*** Daría todo lo que sé por saber la mitad de lo que ignoro.***
