Hola a todos, me surgio una duda, lei algunos post y no me quedo claro el tema, en el caso de un residente fuera del pais (España), que estuvo viviendo en Argentina la cantidad de años necesarios para poder jubilarse comprando años por Moratoria Ley 24.476, debe pagar si o si la moaratoria de contado o puede acceder al beneficio de descuento de cuota sobre el haber estando en España.
La duda surge por ser España un pais con el cual existe convenio internacional de la seguridad social.
La duda surge por ser España un pais con el cual existe convenio internacional de la seguridad social.
