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  • PAGO MAL IMPUTADO - ANULACION DEL SICAM

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #630564  por marcerou
 
Hola! Si alguien me puede ayudar tengo algunas dudas:
Al pagar SDM en un pago facil se equivocaron e imputaron mal un pago a este año (en realidad era sdm del 2000 al 2004)...para iniciar una jubilación había aplicado el beneficio de la ddjj año 2004, por lo que al momento del turno me rechazaron el trámite (la verdad es que yo no me habia dado cuenta)....me surgen varias dudas:

1) Para anular el SICAM ¿lo tengo q hacer a traves de una nota en ANSES sin pedir turno o con turno?? es la única forma de hacerlo?

2) El pago de la 1º cuota que hice lo pierdo? en caso de no perderlo se descuenta automaticamente a la proxima liquidacion q haga o tengo q hacer algun trámite??

3) Y por último en ANSES me dijeron que tengo q ir a AFIP para reimputar el pago. Como no me falta ningun mes pagar, lo van a reimputar a intereses de sdm...y acá me surgió la mayor duda: Otra opción no sería renunciar en el SICAM a ese mes pago y asi poder aplicar la ddjj que había aplicado anteriormente??? El tema es q en AFIP tardan como mínimo 3 semanas en hacer la reimputación y me parece q esta otra forma es mas rápida pero no estoy segura si se puede hacer...
Muchas gracias a todos. Saludos.
 #630633  por hugo2
 
marcerou escribió:Hola! Si alguien me puede ayudar tengo algunas dudas:
Al pagar SDM en un pago facil se equivocaron e imputaron mal un pago a este año (en realidad era sdm del 2000 al 2004)...para iniciar una jubilación había aplicado el beneficio de la ddjj año 2004, por lo que al momento del turno me rechazaron el trámite (la verdad es que yo no me habia dado cuenta)....me surgen varias dudas:

1) Para anular el SICAM ¿lo tengo q hacer a traves de una nota en ANSES sin pedir turno o con turno?? es la única forma de hacerlo?

2) El pago de la 1º cuota que hice lo pierdo? en caso de no perderlo se descuenta automaticamente a la proxima liquidacion q haga o tengo q hacer algun trámite??

3) Y por último en ANSES me dijeron que tengo q ir a AFIP para reimputar el pago. Como no me falta ningun mes pagar, lo van a reimputar a intereses de sdm...y acá me surgió la mayor duda: Otra opción no sería renunciar en el SICAM a ese mes pago y asi poder aplicar la ddjj que había aplicado anteriormente??? El tema es q en AFIP tardan como mínimo 3 semanas en hacer la reimputación y me parece q esta otra forma es mas rápida pero no estoy segura si se puede hacer...
Muchas gracias a todos. Saludos.
Todas tus dudas ya fueron tratadas docenas de veces, lee los post por favor.
 #635479  por Machine
 
Hola! Si alguien me puede ayudar tengo algunas dudas:
Al pagar SDM en un pago facil se equivocaron e imputaron mal un pago a este año (en realidad era sdm del 2000 al 2004)...para iniciar una jubilación había aplicado el beneficio de la ddjj año 2004, por lo que al momento del turno me rechazaron el trámite (la verdad es que yo no me habia dado cuenta)....me surgen varias dudas:

1) Para anular el SICAM ¿lo tengo q hacer a traves de una nota en ANSES sin pedir turno o con turno?? es la única forma de hacerlo?

2) El pago de la 1º cuota que hice lo pierdo? en caso de no perderlo se descuenta automaticamente a la proxima liquidacion q haga o tengo q hacer algun trámite??

3) Y por último en ANSES me dijeron que tengo q ir a AFIP para reimputar el pago. Como no me falta ningun mes pagar, lo van a reimputar a intereses de sdm...y acá me surgió la mayor duda: Otra opción no sería renunciar en el SICAM a ese mes pago y asi poder aplicar la ddjj que había aplicado anteriormente??? El tema es q en AFIP tardan como mínimo 3 semanas en hacer la reimputación y me parece q esta otra forma es mas rápida pero no estoy segura si se puede hacer...
Muchas gracias a todos. Saludos.

1) Para anular el sicam no hace falta turno, con una nota muy simple dando explicaciones de porque das la baja suficiente, la nota debe aclarar el numero de sicam ( figura en acuse de recibo) vas con la carta poder o el titular con d n i y con eso es suficiente.
2) La 1 cuota de la moratoria no se pierde, queda como "saldo a favor" ( no son exactamente esas las palabras pero es para que se entienda la idea) de la nueva liquidacion.
3) Podes no darle da baja al sicam y pagar nuevamente los intereses en el formulario que corresponden, claro que perdes los intereses ya pagados y mal imputados, esto dependera de cuanto sean los intereses y lo que te convenga dentro de la ecuación : tiempo/dinero. Te doy ésta explicación a tu problema porque yo lo he resuelto asi pero realmente no me queda muy en claro cuales son tus dudas en la tercera pregunta.
 #635490  por mmmm
 
con respecto al punto 3, la reimputacion en afip tarda mas de 3 meses, con viento a favor, salvo alguna excepcion, te conviene dar de baja sicam pagar la primer cuota y listo, salvo que la sra este dispuesta a esperar, pero a la luz de lo q viene sucediendo, trata de ingresarlo cuanto antes, nunca se sabe que va a pasar mañana

Hugo2 tiene razon, todas tus preguntas estar archimega contestadas en los diferentes post, para la proxima pregunta busca y vas a encontrar, lo que dudes y mucho mas, los que somos asiduos lectores del foro ya sabemos quien tiene la posta, tampoco temas en llamar al 130 o ir al anses a preguntar,