Si maluz, estoy contigo y la mayoria de los colegas opinan en el mismo sentido.
El problema radica en que no tengo muy en claro si efectivamente es asi.
El tema que nos ocupa, mas que interesante, son dos:
1.-la actualizaciones antes del 31/03/91 segun res 140/95.
2.-y la falta de actualizacion posterior al 01/04/91.
El primero es claro que hay una actualizacion PERO QUIERO SABER QUE INDICE UTILIZA, es decir, SIEMPRE UTILIZAN EL ISBIC AL 31/03/91 sin importar cual es la fecha de cese o adquisicion del beneficio?, creo que esta seria la respuesta favorable.
En el post he manifestado que he tenido la posibilidad de hablar con contadores y liquidadores, mas aun , con peritos en este mismo post y NADIE ME ASEGURA que las remuneraciones al 31/03/91 SON ACTUALIZADAS CON EL INDICE EN ESA FECHA, por lo que tengo la duda, quizas apliquen actualizacion con el indice de la fecha de cese o adquisicion de beneficio, cosa que dudo pero debo tenerlo en cuenta por si tenemos que salir a cambiar el criterio.
Respecto a las posteriores al 01/04/91 aqui la cosa es mas clara, NO HAY NINGUN TIPO DE ACTUALIZACION, asi que podemos solicitar la aplicacion hasta la fecha de ADQUISICION DEL BENEFICIO, fecha que considero determinante en contra de algun criterio judicial que me lleva a apelar su decisorio.
Por ultimo y MUY DIFERENTE A LO QUE HABLAMOS es la fecha de cese, con esto queremos hacer notar al judiciable que las actualizaciones de las remuneraciones posteriores al 01/04/91, no se han realizado ya que el 140/95 limita su actualizacion por lo que buscamos la inconsti. para extender la posibilidad de actualizar remuneraciones a la fecha de cese.
Ahora bien, una vez que logramos que declaren la incons. de la res 140/95 y se PUEDA ACTUALIZAR las remuneraciones al cese, es decir, actualizar TODAS LAS REMUNERACIONES es alli que empieza a jugar el indice.
Segun la opinon de la mayoria, el MOMENTO PARA APLICAR EL IINDICE Y ACTUALIZAR LOS DE 10 AÑOS DE LAS REMUNERACIONES ES LA FECHA DE ADQUISICION DEL BENEFICIO, por lo que las remuneraciones anteriores al 04/91 seran consideradas parcialmente actualizadas y las posteriores al no tener ningun tipo de actualizacion deberan actualizarse.
Por eso decia diferenciar bien los 3 temas y para ello consulto a todos los colegas.
1.-uno casa son las remuneraciones antes y despues del 04/91, unas parcialemente actualizadas y las otras sin actualizacion alguna.
2.-otro tema es la fecha de cese que solo sirve para saber HASTA QUE FECHA HAY QUE ACTUALIZAR.
3.-una vez resulto cuales son anteriores y posteriores al 04/91 y hasta donde se actualiza, aqui viene lo mas complejo, CUANDO SE ACTUALIZAN Y CON QUE INDICE?. Es aqui que la opinion predominante entienda se actualiza TODAS LAS REMUNERACIONES con el indice al MOMENTO DE LA ADQUISICION DEL BENEFICIO.
Es por eso que algunos decisorios me generan mas dudas que soluciones, por lo menos tenemos el remedio de la apelacion.
Gracias por tu aporte maluz, tema mas que interesante se nos ocurrio plantear.