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  • Como encarar este serv doméstico

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #624049  por alejandra01
 
No sé bien como encarar este caso laboral.
Una señora, empleada doméstica en la casa de dos personas mayores desde hace años. Este año fallece la señora, queda el hombre muy mayor y enfermo.
Los aportes de servicio doméstico se los hacen a nombre de este señor que apenas anda...
Ahora la empleada se enferma por una especie de úlcera que tiene en una pierna, producto de un viejo accidente de colectivo, y está en cama...El hijo del viejito le dice que no le corresponde sueldo..,obvio que el decreto de serv doméstico les otorga 30 días de enfermedad a las empleadas domésticas.
Viendo la posibilidad de que mi clienta no pueda regresar a trabajar durante mucho tiempo más, quisiera hacer una notificacion fehaciente como apoderada o abogada en representación de xx respecto de la enfermedad de la señora (que se hizo solo via telefonica) y notificando la parte del decreto que establece los 30 dias por enfermedad poniendo certificados a disposición...
que opinan?...notifico al señor viejito, o tanto a padre como hijo?...porque el viejo en cualquier momento puede morirse y no sé si podré enderezar el reclamo contra el hijo...que es quien le paga a mi clienta....
Es gente de mucho dinero, tienen 3 empleadas domésticas en la casa, y los más ratas del mundo para pagar...sin decir que son de una de las empresas siderúrgicas más ricas del país. (T*chi** ). Una verguenza...
La pregunta va más allá, porque seguramente se configurará un despido en algún momento y quiero encauzarlo correctamente, porque la señora trabaja hace más de 20 años, y no llegó a tener ni 10 por lo cual debió jubilarse adhiriendo a la moratoria de autónomos...
Es más, ojalá saliera la nueva ley para servicio doméstico para que se haga justicia en estos casos, donde la 24013 no puede aplicarse...
 #624700  por doctorina
 
Hola Ale!!, yo te diría q le enviés el telegrama al hijo vos por expresas instrucciones de la sra. Y exponiendo q tu clienta ratificara el reclamo cuando se restablezca su salud. Igualmente seguro en el correo te hacen enviar carta documento. Yo una vez se las peleé pero no hubo caso. Otra vez paso. Besos
 #624822  por doctorina
 
alejandra01 escribió:gracias Doc...la verdad, ojalá saliera rápido la nueva ley para las domésticas así las demandas son lo que corresponden..un beso.
Sí, la verdad que sí! es realmente muy injusto el régimen del servicio doméstico. Será que en el poder legislativo tienen muchas empleadas domésticas o...no sé. Pero es una vergüenza!
 #625486  por draclaudiag
 
Servicio doméstico tiene contemplados 30 días por enfermedad y si al término de dicho plazo la trabajadora no puede reintegrarse a su puesto de trabajo, puede el empleador despedirla sin indemniz.
 #626033  por alejandra01
 
HOLA. gracias por las respuestas. Yo pensé que la doméstica estaba en blanco, porque le aportaron unos meses con los cuales le hice la jubilación, adhiriendo a la moratoria...pero resulta que solo le pagaron algo de 3 años de aportes para que se jubile, y le prometieron pagarle la moratoria por los años trabajados pero no vió ni un mango.
Hoy tiene una especie de úlcera en la pierna, y no le quieren pagar el mes de enfermedad aduciendo que no le corresponde (claro, por estar en negro. Pero son de lo peor esta gente...pensar que no les representa nada).
Tengo 2 opciones. Intimar regularización, o esperar un poco a ver si sale la nueva ley y es más beneficiosa reclamar según ella.
Lástima que si configuro el despido y presento demanda, no puedo invocar la ley nueva en el caso de que salga, por el tema de la irretroactividad...Yo le aconsejé que por ahora acepte la falta de pago de sueldo, y trate de tomar unas vacaciones por adelantado para ganar tiempo, pero no sé si va a poder hacerlo mucho tiempo ya que la persona a quien cuidan y para quien limpian es un tipo de unos 90 años..Creo que voy a tener que intimar y no jugarme en esperar, porque si el tipo se muere, no voy a poder reclamarle a nadie... :roll:
 #626037  por doctorina
 
No es más conveniente reclamar ahora la registración que esperar la nueva ley? a mi me parece que es más certero y por lo menos ya te posicionas en el despido indirecto y no les das margen a que ellos realicen ninguna maniobra.
Besos .... *abrazo*
 #665452  por lorenacecilia
 
draclaudiag escribió:Servicio doméstico tiene contemplados 30 días por enfermedad y si al término de dicho plazo la trabajadora no puede reintegrarse a su puesto de trabajo, puede el empleador despedirla sin indemniz.
Hola Feliz año 2011!!!

te hago una consulta: tengo un caso de una señora que tenia una empleada domestica, todo en blanco, sin cama adentro.
la empleada se enfermó de cancer hace unos meses y esta señora le continuo pagando el sueldo por varios meses pero ahora parece que ya la cosa viene para largo y ya no puede seguir pagandole si no viene a trabajar.

Dado que ya pasaron los 30 días de "licencia con goce de sueldo" para dar por finalizada la relación de trabajo domestico le deberia enviar un telegrama para dar por finalizada la relación explicando los motivos?
hace falta primero de alguna manera dejar constancia que no esta viniendo a trabajar por una enfermedad inculpable desde hace mas de 30 días?
hay algo especifico que aclarar? tenes algun modelo?
conviene dar algun tipo de intervención al tribunal de servicio domestico?

Muchas gracias!!