Dra.pi escribió:Ok!! Cuando me decis que inicie juicio, te referis a la accion civil?? o segun la LRT??
Se plantea igual la inconstitucionalidad aunque el empleado haya cobrado algo en las comisiones entonces? Gracias por aclararmelo.
Vos haces juicio directo y no pasas por las comisiones? y en ese caso inicias por accion civil o lrt segun el caso, no??
Si, tal cual, planteas la inconstitucionadlidad de la LRT, lo qeu cobro en las comisiones medicas se toma a cuenta del pago total...
Si, yo hago juicio directamente y no paso por las comisiones, por supuesto que pido la inconstitucionalidad de las comisiones (por su imparcialidad, por estar financiadas directametne por las ART, por violacion al principio de defensa en juicio al ir el trab sin letrado, porque los medicos no tienen facultades para opinar en temas de derecho, es larga la lista) y entonces inicio la accion en sede laboral, te cuento como lo planteo...
Para que se den los presupuestos de la resp civil tenes que tener:
daño
nexo causal
a. si vas por la responsabilidad subjetiva
autoria
antijuricidad
imputacion
b. si vas por la resp objetiva
cosa viciosa o riesgosa
Asi que segun el caso planteo la resp. del empleador en base a los presupuestos de la resp civil (ob o subj) y tambien podria caber, aunque es mas dificil, la resp subjetiva por las omisiones de la ART.
Y tambien demando a la ART en base a los presupuestos de la resp de la LRT
daño
causalidad
Aca como ves lso presupuestos son menos, asi que vos pedis en base al codigo civil y si no llegas a probar los presupuestos de la resp. civil te queda la parte "sistematica", otra cosa por la que planteo esto es que el empleador puede quedar insolvente, pero por la parte de la resp. de la ART por la LRT siempre tenes el fondo de garantia.
Espero haberte ayudado...
Saludos