Buenas tardes!
Gracias por aceptarme en el Portal. Soy Contadora experta en Organización. Decidí jubilarme ante la situación profesional en mi provincia. Saqué un turno y me tomaron todos los datos de mis trabajos en relacion de dependencia (27 años y medio aproximadamente) y me metieron alegremente en un Reconocimiento de Servicios sin hacer paralelamente el inicio de la Jubilación. Tuve posteriormente una entrevista donde tuve que explicarles a los verificadores de Anses que no hay ninguna Ley que obligue al trabajador a guardar recibos y si al empleador y al Estado, depositario mensual y anual de los mismos y que por lo tanto invertía la carga de la prueba y que se ocupen ellos!!!.
El caso es que hace 2 días veo en Consultas por la Web que mi expediente se dió aprobado a mi favor, o sea que verificaron todo.
Emprecé a trabajar en agosto de 1969 bajo relacion de dependencia y en 1999 puse un Estudio de asesoramiento para Empresas, incsribiéndome como Responsable ante el IVA. Nunca pagué la jubilación de Autonomos porque nunca pense en jubilarme realmente y porque contaba con estos años de aportes.
Hoy si y como!!! Cumpli 60 años en enero de 2010.
El caso es que me faltan 2 años de aportes que obviamente deberé pagar por intermedio del SICAM. La consulta es la siguiente: desde los 18 a los 19.5 años (1968/9) no registro aportes (ni estoy en la AFIP como RI ya que no existia la categorización actual) pero se me ocurre pensar que esos aportes serán indudablemente más baratos, ¿o no?.
Por otro lado, si pido una forma de pago corta para esos meses, ¿esta me será descontada de la jubilación o deberé pagarlos por anticipado para recien acceder al haber jubilatorio?.
Sé de gente que se ha jubilado con el minimo y que pagan los aportes que no hicieron nunca, financiados desde su jubilación, de ahi mi pregunta (y a esta altura mi ya muy notorio desconocimiento en estas lides). ¿Es así en el caso de un empresario? .
Vaya mi agradecimiento desde ya.
Saludos cordiales a todos.
Gracias por aceptarme en el Portal. Soy Contadora experta en Organización. Decidí jubilarme ante la situación profesional en mi provincia. Saqué un turno y me tomaron todos los datos de mis trabajos en relacion de dependencia (27 años y medio aproximadamente) y me metieron alegremente en un Reconocimiento de Servicios sin hacer paralelamente el inicio de la Jubilación. Tuve posteriormente una entrevista donde tuve que explicarles a los verificadores de Anses que no hay ninguna Ley que obligue al trabajador a guardar recibos y si al empleador y al Estado, depositario mensual y anual de los mismos y que por lo tanto invertía la carga de la prueba y que se ocupen ellos!!!.
El caso es que hace 2 días veo en Consultas por la Web que mi expediente se dió aprobado a mi favor, o sea que verificaron todo.
Emprecé a trabajar en agosto de 1969 bajo relacion de dependencia y en 1999 puse un Estudio de asesoramiento para Empresas, incsribiéndome como Responsable ante el IVA. Nunca pagué la jubilación de Autonomos porque nunca pense en jubilarme realmente y porque contaba con estos años de aportes.
Hoy si y como!!! Cumpli 60 años en enero de 2010.
El caso es que me faltan 2 años de aportes que obviamente deberé pagar por intermedio del SICAM. La consulta es la siguiente: desde los 18 a los 19.5 años (1968/9) no registro aportes (ni estoy en la AFIP como RI ya que no existia la categorización actual) pero se me ocurre pensar que esos aportes serán indudablemente más baratos, ¿o no?.
Por otro lado, si pido una forma de pago corta para esos meses, ¿esta me será descontada de la jubilación o deberé pagarlos por anticipado para recien acceder al haber jubilatorio?.
Sé de gente que se ha jubilado con el minimo y que pagan los aportes que no hicieron nunca, financiados desde su jubilación, de ahi mi pregunta (y a esta altura mi ya muy notorio desconocimiento en estas lides). ¿Es así en el caso de un empresario? .
Vaya mi agradecimiento desde ya.
Saludos cordiales a todos.
