tengo la siguiente duda que me la ha creado afip!!! segun lei (en los post) lo publicado por isis y almabal en como pagar los intereses de autonomos, yo podria cancelar los periodos posteriores al 07/2004 con la impresion de cuenta corriente, afip me dice nO!!!! todo por formulario 801/e, mes a mes...esta sra solo debe intereses, de a centavos algunos, pero arranca en el 2004, hasta hoy!!!! alguien que ya haya pagado me indica como?, y si pago con el 801/e los codigos para no pagar aportes por contribuciones, o que me impute mal, mil graciasssss
