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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #611392  por ibera55
 
Hola:
Estoy indagando sobre un convenio colectivo de trabajo (Panaderos de la Provincia de Buenos Aires, 231/94) que según su letra tenía una vigencia de 18 meses.
El convenio es muy interesante en materia de mejoras en el ambiente de trabajo, antigüedad, horarios, etc. ¿Puedo invocar que sigue vigente por algún principio del Derecho Laboral? Porque no puedo aceptar que transcurrido ese plazo haya quedado en letra muerta. Sería como volver atrás después de lo conquistado por el convenio.
No sé, espero algún comentario
Gracias desde ya
Iberá
 #611551  por doctordoctor
 
en materia de convenios colectivos, fijate la ley creo que era un articulo, o un porincipio que dice que deja de perder vigencia (mas alla de su fecha de vencimento), hasta tanto sea reemplazado por uno nuevo. Creo que era el prinicipio de progresividad.
 #611641  por Dra.pi
 
Si no hay otro posterior que lo reemplace sigue vigente. El tema del plazo de vigencia yo tampoco lo entendia, pero es asi, si no hay uno nuevo, rige el ultimo, sea cual sea la fecha de vigencia.

Suerte!
 #611968  por eva96
 
El convenio que mencionas es de panaderos de la Pcia. de Buenos Aires y está vigente. Lo que sucede es que el convenio colectivo es del año 94, pero se le van haciendo modificaciones a algunas clausulas o a las escalas salariales y se hacen a través de acuerdos que luego homologa el Ministerio de Trabajo. Los convenios siguen vigentes pese a tener fecha de vto. por lo que se llama ultraactividad, hasta que sea reemplazo por otro convenio colectivo.
 #613884  por ibera55
 
Gracias por todos los comentarios, me resultan muy útiles.
Y hablando de escalas salariales de ese convenio... donde las puedo conseguir? Porque en la sede del Sindicato de Obreros Panaderos de San Isidro se niegan sistemáticamente a informarlas (no contestan los oficios y se excusan en cualquier pavada).
Gracias!
 #621771  por eva96
 
ibera55 escribió:Gracias por todos los comentarios, me resultan muy útiles.
Y hablando de escalas salariales de ese convenio... donde las puedo conseguir? Porque en la sede del Sindicato de Obreros Panaderos de San Isidro se niegan sistemáticamente a informarlas (no contestan los oficios y se excusan en cualquier pavada).
Gracias!
Perdón por la demora en contestar, las escalas las podés conseguir en el Ministerio de Trabajo, ya que es quien las homologa.
 #805792  por kellygi
 
les hago un aconsulta: inicie una demanda odnde invoque el convenio de panaderos 478/2006, y en la contestacion de demanda me dice la contraparte q es erroneo, q rige el convenio 231/94. Es esto posible? Estoy un poco asustada ya q es mi primer demanda, cualquier aporte se agradece. Soy de la plata
 #806016  por Dra.pi
 
Igual la liquidacion que uno hace en la demanda es estimativa, no creo que por eso pierdas el juicio, inclusive quiza puedas llegar a un arreglo con la otra parte. Suerte!