Hola quería consultar si se puede jubilar una señora de 75 años de edad que es pensionada de la provincia???.
Fecha de Nacimiento 20/06/1935 -
Cumplio 18 años 20/07/1953
desde el 20/07/1953 ---- Hasta 20/08/1983?????
Beneficios 7 años¡?¡?¡ 06/1976----07/1983????
La verdad es que me surgen muchas daduas ya que he hecho jubilaciones de personas que por lo general le faltan años para jubilarse y en esos casos solo compraba servicio domestico, pero ahora no se como hacer.
En este caso la señora no tiene que comprar servicio domestico, ya que le sobran 10 años y dos meses.
Según tengo entendido esos años q le sobran no los tengo que poner en ningún lado, y la moratoria la tengo que pagar de contado??
en Fin las preguntas son las siguientes:
Se puede Jubilar??
En caso de que se pueda, ¿tengo que pagar la moratoria de contado???? es pension PROVINCIAL
Como completo la situación de revista??? desde que cumplio 18 hasta 30 años???
En cuanto a los beneficios le corresponde 7 años??? segun Art 3 de la 24476? o es por art 38 de la 24241???
POR FAVOR AYUDA!!! GRACIAS.
Fecha de Nacimiento 20/06/1935 -
Cumplio 18 años 20/07/1953
desde el 20/07/1953 ---- Hasta 20/08/1983?????
Beneficios 7 años¡?¡?¡ 06/1976----07/1983????
La verdad es que me surgen muchas daduas ya que he hecho jubilaciones de personas que por lo general le faltan años para jubilarse y en esos casos solo compraba servicio domestico, pero ahora no se como hacer.
En este caso la señora no tiene que comprar servicio domestico, ya que le sobran 10 años y dos meses.
Según tengo entendido esos años q le sobran no los tengo que poner en ningún lado, y la moratoria la tengo que pagar de contado??
en Fin las preguntas son las siguientes:
Se puede Jubilar??
En caso de que se pueda, ¿tengo que pagar la moratoria de contado???? es pension PROVINCIAL
Como completo la situación de revista??? desde que cumplio 18 hasta 30 años???
En cuanto a los beneficios le corresponde 7 años??? segun Art 3 de la 24476? o es por art 38 de la 24241???
POR FAVOR AYUDA!!! GRACIAS.
