macy escribió:la verdad q no se desde cuando exactamente pero, desde q le dieron el porcentaje (47%) le asignaron una tarea acorde a su nueva capacidad...
y no encuadrara este caso en la ley de minusvalia?? q otorga beneficio cuando la incapacidad es mayor al 33%?? si alguen sabe por favor m lo dicee.
Hola macy, el tema de la minusvalía es que debe tener 20 años de aportes y 45 años de edad si son en RD o 50 años si son aportes autónomos, si tenés ambos debés prorratear. Ahora bien, de esos 20 años q exige la ley, los diez inmediatos anteriores deben ser laborados en condición de minusvalía., así dice el art 2: -
Los minusválidos, afiliados al régimen nacional de previsión, tendrán derecho a la jubilación ordinaria con 20 años de servicios y 45 años de edad cuando se hayan desempeñado en relación de dependencia, o 50 años, como trabajador autónomo, siempre que acrediten, fehacientemente, que durante los 10 años inmediatamente anteriores al cese o a la solicitud de beneficio, prestaron servicios en el estado de disminución física o psíquica prevista en el artículo 1°.
Si reunis esos requisitos podrías iniciarla, recordá que podés tener en cuenta en exceso de edad y el art 3.
Saludos!
