buenas tardes a todos!
Me acaban de rechazar un expediente por todo este tema de SDM y la Circular 28/2010.
El tema es que yo realicé el SICAM con fecha 05/05/2010 y el pago de la cuota se hizo el 17/05/2010 (ambas fechas anteriores a la Circular)
Los pagos de los formularios también se hicieron con anterioridad a dicha fecha.
Pedí el turno y me lo dieron para el 16/06/2010. Cuando presento el expediente el 16/06/2010, me lo rechazan porque el cajero del banco en lugar de imputar un pago por ej, al mes de junio de 2004 y otro al mes de julio de 2004, imputó los dos a junio de 2004, por lo tanto había un mes que no aparecía pago.
Entonces pagamos nuevamente esa boleta y volvimos a solicitar turno. en esta oportunidad nos lo dieron para el 22/06/2010.
El tema es que en la UDAI me dicen que el criterio de ellos es tener en cuenta la fecha de ingreso del expediente...pero el criterio NO ES salvaguardar los derechos de la persona que quiere jubilarse y pagó todo conforme a derecho!!!!
A ellos se les ocurre cambiar de criterio de la noche a la mañana...y uno no puede defenderse???
Alguien me puede orientar un poco. Por supuesto voy a apelar y lo voy a pelear...pero necesito una ayuda!!!
Espero una mano...gracias!
Me acaban de rechazar un expediente por todo este tema de SDM y la Circular 28/2010.
El tema es que yo realicé el SICAM con fecha 05/05/2010 y el pago de la cuota se hizo el 17/05/2010 (ambas fechas anteriores a la Circular)
Los pagos de los formularios también se hicieron con anterioridad a dicha fecha.
Pedí el turno y me lo dieron para el 16/06/2010. Cuando presento el expediente el 16/06/2010, me lo rechazan porque el cajero del banco en lugar de imputar un pago por ej, al mes de junio de 2004 y otro al mes de julio de 2004, imputó los dos a junio de 2004, por lo tanto había un mes que no aparecía pago.
Entonces pagamos nuevamente esa boleta y volvimos a solicitar turno. en esta oportunidad nos lo dieron para el 22/06/2010.
El tema es que en la UDAI me dicen que el criterio de ellos es tener en cuenta la fecha de ingreso del expediente...pero el criterio NO ES salvaguardar los derechos de la persona que quiere jubilarse y pagó todo conforme a derecho!!!!
A ellos se les ocurre cambiar de criterio de la noche a la mañana...y uno no puede defenderse???
Alguien me puede orientar un poco. Por supuesto voy a apelar y lo voy a pelear...pero necesito una ayuda!!!
Espero una mano...gracias!
