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 #601454  por maju36
 
Hola colegas, me aparece una cliente como demandado por acción de nulidad por cosa juzgada írrita, planteada por la parte vencida en juicio en el que su padre era actor, quien falleciera antes de la sentencia y nada se informara al juez respecto de su fallecimiento. En teoría, según la parte que plantea la acción, la madre de mi cliente habría omitido realizar la denuncia del fallecimiento de su esposo. La historia es muy larga, por lo que leo en esta acción de 60 fojas, Y muy bien no entiendo, parecería que el apoderado del padre de mi cliente cobró sumas pertenecientes al fallecido, sin informar su fallecimiento, pero el problema es que mi cliente me aparece con todo este embrollo que tiene fecha de vencimiento para contestar el martes (dos primeras) y ni siquiera pude ver el expediente que según tengo entendido data del año 1992, la sentencia se dictó en 1997 y el actor falleció en 1993 y el expediente debe tener mas de 2000 fs. ¿Cómo salgo de este embrollo? Gracias a quien me pueda dar una ayudita. Saludos
Maju36
 #601457  por DoctorPiccafeces
 
Sin ver la causa original y la demanda que tenés que responder, dudo que alguien pueda darte alguna línea coherente.

Lo único que se me ocurre es que te fijes si, en la demanda que tenés que contestar, podés oponer la prescripción decenal computada desde la fecha en que el demandante indica el apoderado percibió esa suma de dinero, porque eso en principio extinguiría toda responsabilidad.

De todos modos, bastante despreocupado a irresponsable tu cliente que te da con tan poca antelación para que contestes una demanda ordinaria que tiene, según el código procesal que se trate, un mínimo de diez días hábiles y un máximo de quince para contestar, tuvo tiempo mas que suficiente para darte la demanda y que la puedas contestar bien y te aparece con la cédula faltando dos días para el vencimiento... me parece bastante aventurado contestar una demanda de esta característica a ciegas sobre el vencimiento del plazo.

Sin acceso a la demanda que tenés que contestar y al juicio que la origina, no se me ocurre otra cosa mas que la prescripción.

Exitos.
 #601588  por maju36
 
Muchas gracias por el aporte. Sí la verdad que mi cliente siempre fue un problema, en todas las causas que le llevé me volvió loca, pero lo tengo que proteger porque sel o prometí a la madre (una muy buena amiga de la familia) antes de morir y bue! Gracias igual. Saludos.