Hola colegas, les comento que tengo una cliente jubilada con moratoria que hace 2 meses le falleció el marido, tambien jubilado con moratoria, mi pregunta es si le puedo hacer la pension a la Sra. viuda y necesito algo más que acta de matrimonio y defunción. Es decir, es posible tramitarle la derivada, o tendría que precancelar la deuda de su esposo fallecido?? Gracias.-
-dhabogada-
