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  • CONYUGE - CONCUBINA -SENTENCIA DIVORCIO

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #594963  por dradilella
 
Hola, mi cliente es la concubina, inicia el tramite de pension (25 años de convivencia) a la par inicia beneficio la esposa (hay sentencia de divorcio por mutuo acuerdo pero no fue inscripta). El beneficio es otorgado a las dos, previo informe socioambiental. La esposa sostiene que el causante convivo con ella el ùltimo año y medio(ellos tenian hijos mayores de edad en comun). El beneficio se lo otorgan compartido a las dos. La pregunta es: es porque asimilaron a la esposa como concubina, porque la sentencia de divorcio aunque no fue inscripta es conocida por las partes y para ellas tiene efecto. La resoluciòn que acuerda el beneficio es de juridicos y no aclara bien porque la dan solo dice que la conyuge probo que en el ultimo tiempo el causante tambien convivio con ella. Gracias por la ayuda.
 #594973  por celiaEsc
 
Esto es insólito: si la concubina probó los 25 años contínuos, ININTERRUMPIDOS, EXCLUSIVOS, la esposa NO PUDO PROBARLOS, pero si ella se conformó y vos estás por la concubina, tenés que tener en cuenta algunos detalles, te explico
como el concubinato es lo que debe probarse y si la esposa probó el último año, LO INTERRUMPIO, no le pueden dar a las dos: o le dieron la reconciliación a la esposa o acreditaron el vínculo concubinario a la otra. las dos cosas son opuestas y no pueden coexistir. Te aclaro que si la concubina cobra luego le pueden hacer una baja de la pensión con CARGOS, por cobro indebido.
Yo diría que no puede cobrar ninguna de las dos, porque si la esposa probó la reconciliación, en realidad se reconcilió UN AÑO, y tiene que tener DOS AÑOS de mínima convivencia por lo menos, si tienen hijos en común, de lo contrario 5...
Y la concubina NO PUEDE DEMOSTRAR el vínculo de 25 años, si lo cortó el último año.. no tiene derecho, Además si vos cobraste, es mala praxis de parte tuya no haberle advertido que no podía cobrar existiendo´pruebas del corte del concubinato. Luego te pego jurisprudencia. Saludos
 #594976  por celiaEsc
 
Buscándote jurisprudencia me acordé de algo: como la cónyuge estuvo separada durante 25 que fueron los que estuvo con la concubina, seguramente lo que demostró para que le aprobaran NO son pruebas que acrediten el último año de CONVIVENCIA, sino la reserva que hizo en el juicio de divorcio de cuota alimentaria, y derecho a pensión, (que tiene efecto aún cuando nunca le hubiera cumplido las cuotas)
Por otra parte, puede haber acreditado de cualquier otra forma que la separación se debió a la culpa del marido, porque por el divorcio por mutuo acuerdo, no lo hizo, entonces, no creo que se hubieran equivocado de esa forma otorgándole la pensión a la viuda porque convivió el último año y a la concubina los 25 años anteriores...
1) viste el expediente?
2) ¿qué acreditó la éx cónyuge? ¿qué dice la resolución que le otorga el beneficio a ella?
3) ¿y por qué le otorgaron el 50% a la concubina?
4) ¿sabés que si la concubina cobró desde antes sabiéndo que a la ex cónyuge también le correspondía por reserva en el divorcio o por alimentos deberían haberle impuesto cargos por cobro indebido del 50% durante el tiempo que la viuda no reclamó la pensión..?
5) OTRA POSIBILIDAD: es que la esposa, o su abogado, nada vivo, hubieran ocultado la sentencia de divorcio en el trámite administrativo, en cuyo caso, cuando te dieron vista y te avisaron que se lo otorgaban a la ex también, debiste haberte opuesto, alegando que existía una sentencia de divorcio del año xxXX y que la viuda no la declaró.
¿En qué instancia está el trámite administrativo? Ya cobraron ? O recién te notificás de que le aprobaron a la otra también? si es así podés recurrir ante la CARSS, andá a la cámara y buscá dónde está radicado el juicio de Divorcio, para verificar que en verdad tenga sentencia, y no vaya a ser que lo comenzaron y no lo terminaron.
Si no lo terminaron al juicio, si no hay sentencia, entonces era la cónyuge supérstite, y era inocente porque demostró que su marido estuvo con otra 25 años...
Ja ja, perdóin, escribo rápido, como hablo, y a veces no me doy cuenta que escribo metros y metros, me van a matar..Perdón.. saludos
 #594982  por celiaEsc
 
Hola: te encontré uno mejor pero largo te lo paso por mp.
De cualquier modo, te pego este que pudo haber sido utilizado por el abogado para reclamar la pensión alegando que el culpable de la separación era su ex marido y no ella , a pesar del divorcio. saludos

V. 184. XL.R.O.Villalba, Petrona Acemi c/ ANSeS s/pensiones.(Este fallo demuestra que todo lo que uno dice en juicio puede ser utilizado en su contra, porque la cónyuge separada que recibía alimentos del causante, no pudo comprobarlo, y tampoco podía ella comprobar la culpabilidad del causante en la separación, pero gracias a que la concubina expresó que desde xx fecha el causante convivía con ella, la corte pudo comprobar que éste era el causante de la separación (cónyuge culpable) y por ello condenó a la concubina a compartir la pensión con la cónyuge separada e inocente.