COMO NO ES ALGO TAN FACIL DE HACER EN LA UDAI, SIN LAS CONDICIONES, AGREGO: Circular 34/04 -ANSeS (GPAyD)
Circuito para la anulación de trámites en SICAM.
Generalidades:
a) La anulación del trámite debe solicitarla el titular interesado por escrito en la dependencia donde inició el trámite (ANSES o AFIP), dejando constancia
expresa del número de trámite que solicita anular. La solicitud deberá estar debidamente firmada con aclaración de la firma, número de documento, número de
CUIT y fecha en que presenta la solicitud de anulación.
b) Para anular el trámite deberá reunir las siguientes características:
- No tener ingresada la fecha de cierre.
- No haber transcurrido los 180 días posteriores a la fecha de inicio del trámite en ANSES o AFIP
- No tener todas las boletas validadas (aceptadas y/o rechazadas).
c) Podrá hacerlo el operador de la UDAI o el de UCA, según donde se encuentre la actuación en el momento de solicitar la anulación del trámite.
d) Si la solicitud de anulación se presenta en AFIP y la actuación se encuentra en ANSES para proceder a la validación de pagos anteriores a julio de 1993, el
operador de la agencia deberá dar aviso de esta situación a la Gerencia UCA vía e-mail.
Procedimiento:
1. Si la solicitud de anulación se presenta en AFIP y la actuación se encuentra en ANSES para proceder a la validación de pagos anteriores a julio de 1993
(Gerencia UCA), en el momento de recibir el aviso por parte del operador de la agencia, el operador de UCA suspende la tarea de validación de pagos y
devuelve la actuación a la Agencia, según el punto 4.
2. Si la solicitud de anulación se presenta en la UDAI y la actuación se encuentra en la propia UDAI, ingresa la fecha correspondiente a la anulación del trámite y
devuelve las boletas al titular según el punto 5.
3. Si la solicitud de anulación se presenta en la UDAI y la actuación se encuentra en la Gerencia UCA.
3.1. El operador de la UDAI da aviso a la Gerencia UCA vía e-mail.
3.2. El operador de UCA suspende la tarea de validación de pagos y remite la actuación a la UDAI correspondiente, según el punto 6.
3.3. El operador de la UDAI procede según los puntos 5.1 a 5.5.
4. Devolución de la actuación a la Agencia AFIP que informó la anulación del trámite.
4.1. Imprime el mail remitido por la agencia AFIP y lo incorpora en la actuación.
4.2. Ingresa en el sistema ANME el código de estado 83 “Desestimación del titular”.
4.3. Confecciona un Acta en original y copia, de constancia de devolución al titular a través de la Agencia de las boletas originales presentadas, con un detalle de
las mismas y los siguientes datos:
- CUIT del titular
- Apellido y Nombre
- Nro. de expediente SICOEX
- Nro. Actuación ANME
- Firma y aclaración del agente interviniente de ANSES
- Lugar y fecha de confección del Acta.
4.4. Incorpora el original del Acta en la actuación y archiva la copia del Acta con una copia del mail remitido por la Agencia, ordenándolos por número de
CUIT, en carpeta separada.
4.5. Remite la actuación a la Agencia que inició el trámite.
5. Devolución de las boletas al titular cuando la actuación todavía se encuentra en la UDAI que inició el trámite.
5.1. Solicita al titular la nota de pedido de anulación del trámite donde consta el número de trámite, su nombre y apellido, número de CUIT , firma del
interesado, lugar y fecha de presentación del pedido.
5.2. Confecciona un Acta en original y copia de constancia de devolución de las boletas con los siguientes datos:
- CUIT del titular
- Apellido y Nombre
- Cantidad de Boletas devueltas
- Nro. de actuación ANME
- Texto de aceptación de la devolución de las boletas por parte del titular
- Lugar y fecha
- Firma y aclaración del titular
- Firma y aclaración del agente interviniente de ANSES
5.3. Desglosa las boletas de la actuación e incorpora la nota de pedido de anulación mencionada en 5.1. y el original del Acta mencionada en 5.2.
5.4. Entrega al titular las boletas desglosadas con la copia del Acta mencionada en 5.2. y copia del formulario 558B.
5.5. Ingresa en el sistema ANME el código de estado 83 “Desestimación del Titular” dando por cerrado el trámite.
6. Remisión de la actuación por parte de UCA a la UDAI que inició el trámite y donde se presentó la solicitud de anulación. El operador de UCA.
6.1. Incorpora una copia del mail solicitando la anulación del trámite.
6.2. Confecciona un Acta en original y copia, con los siguientes datos:
- CUIT del titular
- Apellido y Nombre
- Cantidad de Boletas devueltas
- Períodos de las boletas devueltas
- Nro. de actuación ANME
- UDAI a la que se remite la actuación
- Firma y aclaración del agente interviniente de Gcia. UCA
6.3. Incorpora el original del Acta en la actuación y archiva la copia del Acta, ordenándolas por número de CUIT, en carpeta separada.
6.4. Ingresa en el sistema ANME el código de estado 83 “Desestimación del titular” dando por terminado el trámite.
6.5. Remite la actuación a la UDAI que inició el trámite.
6.6. El operador de UDAI, recibe la actuación por parte de UCA y devuelve las boletas al titular, según los puntos 5.1. á 5.4.
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