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  • NO PUEDO ESCRITURAR PERSONA CON ALZHEIMER

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 #591550  por angelesdelara
 
Hola, necesito ayuda por favor!!
Soy abogada recien recibida. Adquiri un dto. a mi vecino por un precio menor, ya que el bien se encuentra bastante deteriorado. Luego de idas y vueltas firme el boleto de compraventa dandole el 40% del valor y fijando pronta fecha para escriturar. El bien se ecuentra a nombre de el y de la mujer 50% cada uno. El problema ocurrio cuando la sra. no podia firmar el boleto, le costo mucho pero pudo hacerlo al final(No certifique las firmas por escribano porque los vendedores no tenian tiempo y debio a que escriturariamos rapido pense que no era indispensable). Luego me llama el señor y me explica que la mujer no podia firmar porque padece de alzheimer. A mi se me cayo el mundo abajo. Necesito el inmueble para vivir y tengo una complicacion terrible con la Sra. ya que no puede escriturar por no ser habil para el escribano logicamente. No se como resolver este problema...no tengo la posesion todavioa. Se nos ocurrio hacer una curatela a favor del marido, pero estuve leyendo que para vender necesita la autorizacion del juez y que es muy dificil que la otorgue. Yo actue totalmente de buena fe y ahora no puedo escriturar y no se como púedo resolver el poblema! Necesito a alguien que me ayude por favor°!
 #591934  por MABENDICENTE
 
De los dementes e inhabilitados
Art.140.- Ninguna persona será habida por demente, para los efectos que en este Código se determinan, sin que la demencia sea previamente verificada y declarada por juez competente.
opinión :
Un enfermo de Alzheimer, desde que se le diagnostica la enfermedad, sufre una perdida progresiva de capacidades (intelectual y volitiva), que pueden llegar a plantear problemas legales, pues, desde el punto de vista legal, sigue teniendo plena capacidad de obrar.
Esta situación, puede suponer para sí mismo y para los familiares, un problema grave. Por ello, es necesario establecer un mecanismo de protección que se consigue mediante el nombramiento de un CURADOR, pero previamente es preciso que un juez reconozca que el enfermo ha perdido su capacidad.