Hola foristas una consulta estoy haciendo un RTI, voy por los 15 años y 12/60
Mi duda es con la deuda (de capital ) posterior al 9/93 que debo hacer aplicar el decreto 526/95? o la renuncia o prescripcion (segun corresponda)?
y por otro lado, con respecto a los 12 meses que me dan la regularidad, estan pagos dentro del mes calendario pero despues del vencimiento, entomces me genera pequeña deuda de intereses, ¿esos intereses los debo pagar? o se les aplica el decreto 526?
todo esto lo pregunto porque lei en el foro que cuando vas por los 15 no podes renunciar por la 25321 a los periodos no prescriptos?
(Presento en udai quilmes)
Muchas gracias
Mi duda es con la deuda (de capital ) posterior al 9/93 que debo hacer aplicar el decreto 526/95? o la renuncia o prescripcion (segun corresponda)?
y por otro lado, con respecto a los 12 meses que me dan la regularidad, estan pagos dentro del mes calendario pero despues del vencimiento, entomces me genera pequeña deuda de intereses, ¿esos intereses los debo pagar? o se les aplica el decreto 526?
todo esto lo pregunto porque lei en el foro que cuando vas por los 15 no podes renunciar por la 25321 a los periodos no prescriptos?
(Presento en udai quilmes)
Muchas gracias
