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  • JUICIO DE DESALOJO POR FALTA DE PAGO EN COMODATO PRECARIO

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 #590366  por docmarce
 
Hola a todos, les quiero consultar sobre este tema, antes de hacer nada, para saber sus consejos y opiniones. A mi cliente le iniciaron un juicio de desalojo por falta de pago (así está caratulado el expediente), pero el tema es que él tiene firmado un contrato de comodato precario. En la demanda fundamentan el derecho en los arts. correspondientes al desalojo y ¡a la locación! Además de que hay un tema de incompetencia en el medio.
¿Ustedes qué harían? ¿Plantearían como excepciones previas, además de la de incompetencia, la de defecto legal? Creo haber estudiado en la facu que el comodato es un contrato GRATUITO, no?
Lo consulto con ustedes porque, antes de mandarme una macana, quiero saber si mis distinguidos colegas harían lo mismo.
Saludos a todos, y espero que me contesten pronto, se me vence la semana que viene!!! GRACIAS DESDE YA!!!
 #590525  por flux
 
El problema del comodato precario es que justamente es eso, precario, y si es precario (osea sin fecha de restitucion) entonces debe ser restiuido al primer requerimento del dueño

Luego en si el desalojo persigue la restitucion de un inmueble contra todo aquel que tenga la obligacion de restituir, asi que no veo que puedas oponerte al proceso salvo que este demasiado justificado en los articulos de locacion y entonces puedas meter un defecto legal

Y lo de la incompetencia porque es?
 #591845  por docmarce
 
flux escribió:El problema del comodato precario es que justamente es eso, precario, y si es precario (osea sin fecha de restitucion) entonces debe ser restiuido al primer requerimento del dueño

Luego en si el desalojo persigue la restitucion de un inmueble contra todo aquel que tenga la obligacion de restituir, asi que no veo que puedas oponerte al proceso salvo que este demasiado justificado en los articulos de locacion y entonces puedas meter un defecto legal

Y lo de la incompetencia porque es?
Estimado flux: Sí, está demasiado justificado en los artículos de locación, yo diría está totalmente justificado, sin hacer referencia a ninguno de comodato. Es como si hubieran usado como modelo una demanda de desalojo por falta de pago, y ni siquiera se hayan tomado la molestia de cambiar los artículos. Además, usa el CPCCN, y esto es en provincia de Buenos Aires. Usan el art. 1579, el que se refiere a la falta de pago por dos meses consecutivos. En fin, la demanda es un desastre. Sé que mi cliente tiene que restiruír el inmueble, y él también lo sabe, pero estas excepciones me sirven para ganar tiempo para mi cliente.

El tema de la competencia es porque en el contrato de comodato figura que el inmueble se encuentra en la localidad de Ingeniero Maschwitz, sin especificar partido. Buscando en la página de la SCBA, si ponés Ingeniero Maschwitz, automáticamente salta que es departamento judicial de Zárate Campana, y la demanda la iniciaron por San Isidro. Hay una pequeña parte de Ingeniero Maschwitz que pertenece a Tigre, más exactamente Dique Luján, pero no lo han especificado ni en el contrato, ni en la demanda. Me baso en la incompetencia de acuerdo a que, según el comodato, el inmueble está ubicado en Ingeniero Maschwitz, y no en Dique Luján como ellos ponen en la demanda. No sé si soy clara, espero que sí. Sé que esta excepción puede salir mal, puesto que creo que el inmueble está en la parte de Maschwitz que pertenece a Tigre, pero tengo que intentarlo.


Gracias por tu respuesta, te mando un saludo gigante