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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #588775  por marsol
 
podrian controlarme este SICAM por favor?

Datos:
MUJER
NACIÓ EL 18/06/1950 TIENE 60 AÑOS Y UN MES
CUMPLIO 18 AÑOS EL 18/06/1968
NUNCA REALIZÓ APORTES

POSIBILIDAD DE MORATORIA POR LEY 24476
07/1968 A 09/1993 SERÍAN 25 AÑOS

COMPLETO LOS 5 AÑOS RESTANTES PAGANDO POR SERVICIO DOMESTICO
ME DARIA $43 X 60 MESES = $2580

ESTA BIEN?

DESDE YA MUCHAS GRACIAS POR SU AYUDA.
 #588788  por turca1952
 
.+debes cargarlos en el sicam, desde el 07/2010 para atras, porque el exceso de edad Art. 19, no te da mas que 15 dias no te sirven , pero si la señora no puede pagar todo calcula a ojo de buen cubero 3800$ mas la primer cuota de 350$, estamos en casi 4150$ es bastante si puede pagar de apoco te sugiero , que vallas haciendo desde el 07/2010 formulario 102 para los $20 y el Formulario 575 para los $23 mas intereses te los da el mismo sicam , para extraerlos tenes que hacer liquidacion , ir a detalle para el pago elegir vencimiento y ahi te da el monto correcto , por eso esto se cobra aparte debes hacer uno por uno y como no es dpf, hacerlos a mano yo saco fotoc´pias con el cuit y los 23$ luuego lleno a mano el periodo y el interes,suerte
 #589013  por marsol
 
Hola te agradesco la respuesta pero debo confesarte que se me complico el tema te explico son las primeras jubilaciones que estoy haciendo y el tema no es mi fuerte. Porque el monto del calculo seria 3800$? más el pago inicial que ya lo tenia separado, perdon por la ignorancia.
 #589057  por Cristina D.
 
Marsol estas teniendo en cuenta que con las nuevas circulares de anses no sólo debes cargar en sicam el sdm sino también pagar los intereses que te arroje el sistema?
 #589085  por Camila80
 
Hola gente! MARSOL no puede aplicar art. 38 año 1998, 5 años de declaracion jurada??
Es decir, la Sra nunca trabajo, por lo tanto no tiene cese real, sino ficto, q lo calculamos desde sus 18 años cumplidos en 1968, si hubiera aportado regularmente los 30 años de servicios, este seria 1998.
Segun art 38, le corresponde a ese año 5 años de declaracion jurada.
Asi completaria los 30 años con moraria, sin necesidad de SDM.
Que opinan??
Saludos
 #589091  por Camila80
 
Me respondo a mi misma, jajaja.
No puede aplicar lo que dije antes porque no tiene espacio hasta 30/09/1993.
Debe comprar los 5 años por SDM, comprando los ultimos periodos q son mas baratos en cuanto a intereses.
MARSOL, deberias pagar contando desde 06/10 hacia atras, pagas capital de 20 con F102 Y 23 con F575, luego pagas los intereses sobre el capital de 35 pesos(descontas obra social)con otro F575.
Espera a q se acredite el pago de capital en SICAM y luego ahi ves los interes, y los pagas con F575.
Para tener un estimativo de los intereses q deberas pagar usa el aplicativo de calculo de intereses resarcitorios q esta en pagina AFIP.
SALUDOS
 #590677  por marsol
 
Muchisimas gracias ahora si ya estoy encaminada. Cualquier cosa tendre que molestarlas de nuevo. Saludos
 #590731  por samica
 
Hola! tengo el mismo caso, lo único que varía es la fecha de nacimiento, la cual es 27/08/1950 y esto significa que cumplirá los 60 años el otro mes, en que varía todo lo explicado??
Gracias!
 #590849  por npmj
 
Buenas tardes!!!
Queria consultarles algunas cosas ya que quise presentar una jubilacion con SDM y me entere de los nuevos requisitos:
1.- Pago 20$ con el F102 y 35 con el F575?
2.- Dicen que para pagar los intereses tenemos que usar tambien el 575, pero como se completa?
3.- el F102 tiene que estar completo tb con la firma del empleador?
4.- Para que no sigan sumando los intereses tengo que enviar el SICAM o es indistinto, lo importante seria pagarlo?
GRACIAS!!!!
Mariana
 #592962  por marsol
 
YA HICE LA SITUACIÓN DE REVISTA CON LOS PERIODOS DESDE 07/68 AL 09/93 Y SDM POR 06/2005 AL 07/2010
PARA BENEFICIO DEL ART. 3 LEY 24.476 APLIQUE A LOS PERIODOS 06/1977 AL 10/1980 Y 04/1984 AL 10/1985 ESTA BIEN HECHO? POR FAVOR CADA POST QUE LEO ME CONFUNDE MÁS
TODAVIA NO ENTRO A LA PARTE DE LA MORATORIA PARA VER LAS CUOTAS
PREGUNTA: EMPIEZO A LLENAR LOS FORMULARIOS 102 Y 575 PARA LOS PERIODOS QUE VAN DE 07/2010 HACIA ATRAS Y RECIEN HAGO LO DE LAS CUOTAS?
 #596374  por Camila80
 
Samica:

Tu caso:
27/08/1950
18 años: 27/08/1968

Podes comprar por moratoria a partir de los 18 años de edad de la persona, contabilizando como inicio el mes siguiente al cumpleaños. Se puede aplicar la moratoria vigente, de la ley 24476, hasta el 30/09/1993.

O sea en tu caso desde 09/1968 hasta 09/1993

El resto para completar los 30 años lo debes hacer pagando SERVICIO DOMESTICO, como comentamos antes, en total 43 pesos por cada mes, los pagos son en efectivo, capital e intereses, por eso si bien podes tomar periodos desde 04/2000 hasta el presente, en tu caso que podes elegir, te convienen los ultimos que tienen menos intereses.
SALUDOS
 #596378  por Camila80
 
npmj escribió:Buenas tardes!!!
Queria consultarles algunas cosas ya que quise presentar una jubilacion con SDM y me entere de los nuevos requisitos:
1.- Pago 20$ con el F102 y 35 con el F575?PAGAS 20 CON EL 102 Y 23 CON EL 575, EN TOTAL 43 PESOS CADA MES
2.- Dicen que para pagar los intereses tenemos que usar tambien el 575, pero como se completa? SI, EXACTO, COMPLETAS DEBAJO DE DONDE COMPLETASTE EL CAPITAL DONDE DICE INTERESES, Y PONES EL MONTO QUE TE DIO CON LA CALCULADORA DEL AFIP, ASI MES POR MES, UN 575 POR CADA MES
3.- el F102 tiene que estar completo tb con la firma del empleador?LA PARTE DE ABAJO DEL 102 NO LO NECESITAS PARA PAGAR SINO PARA EL TURNO EN ANSES, COMPLETO.
4.- Para que no sigan sumando los intereses tengo que enviar el SICAM o es indistinto, lo importante seria pagarlo?SI, EXACTO, EN CASO QUE NO TE DE CERO EL DETALLE DE DEUDA, QUE AVECES PASA, DEBERAS PAGAR DE NUEVO LA DIFERENCIA CON MAS 575.
GRACIAS!!!!
Mariana
SALUDOS
 #596384  por Camila80
 
marsol escribió:YA HICE LA SITUACIÓN DE REVISTA CON LOS PERIODOS DESDE 07/68 AL 09/93 Y SDM POR 06/2005 AL 07/2010
PARA BENEFICIO DEL ART. 3 LEY 24.476 APLIQUE A LOS PERIODOS 06/1977 AL 10/1980 Y 04/1984 AL 10/1985 NO PODES APLICAR EL BENEFICIO DE LA DECLARACION JURADA, PORQUE EL CESE DE LA PERSONA AL COMPRAR SDM SERIA EN 2010 Y EN 2010 YA NO NO EXISTE ESE BENEFICIO, ME ENTENDES?? TENES QUE PAGAR COMO DIJISTE AL PRINCIPIO 25 POR MORATORIA (LO PONES ESTO EN AMPLIACION DE PERIODOS)Y 5 AÑOS POR SDM( VA EN SITUACION DE REVISTA ORIGINAL)ESTA BIEN HECHO? POR FAVOR CADA POST QUE LEO ME CONFUNDE MÁS
TODAVIA NO ENTRO A LA PARTE DE LA MORATORIA PARA VER LAS CUOTAS COMO NO ENTRAS? SI NO SABES COMO ENTRAR AL SICAM, AVISAME Y TE EXPLICO.
CARGA LO ANTERIOR COMO TE DIJE, Y AHI VES LOS INTERESES DEL SDM Y PROBA A VER CUANTO TE LIQUIDA EL PLAN, SIEMPRE QUE NO LO ENVIES PODES HACER TODOS LAS PRUEBAS QUE QUIERAS, HASTA 2 LIQUIDACIONES POR DIA.

PREGUNTA: EMPIEZO A LLENAR LOS FORMULARIOS 102 Y 575 PARA LOS PERIODOS QUE VAN DE 07/2010 HACIA ATRAS Y RECIEN HAGO LO DE LAS CUOTAS?SI, QUE VAYA PAGANDO ASI DESPUES PODES VER Y PAGAR INTERESES


CUALQUIER COSA AVISAME
SALUDOS
 #601468  por Sonic999
 
Camila80 escribió:Samica:

Tu caso:
27/08/1950
18 años: 27/08/1968

Podes comprar por moratoria a partir de los 18 años de edad de la persona, contabilizando como inicio el mes siguiente al cumpleaños. Se puede aplicar la moratoria vigente, de la ley 24476, hasta el 30/09/1993.

O sea en tu caso desde 09/1968 hasta 09/1993

El resto para completar los 30 años lo debes hacer pagando SERVICIO DOMESTICO, como comentamos antes, en total 43 pesos por cada mes, los pagos son en efectivo, capital e intereses, por eso si bien podes tomar periodos desde 04/2000 hasta el presente, en tu caso que podes elegir, te convienen los ultimos que tienen menos intereses.
SALUDOS
Tengo un caso igual a éste, la sra. cumple 60 ahora el 25/8. Siempre fue ama de casa, pero atendiendo su propia casa nada más.
Es el primero que hago y mi duda es con respecto a cómo completar correctamente los formularios. En el 102 los únicos campos a completar son el CUIL de la Sra., el período que se paga, el importe de la obligación mensual ($20), en el Rubro I F1021, una X en "desde 6 a menos de 12", y en el rubro II se puede dejar en blanco y luego pagar toda la deuda de intereses con lo que surge del detalle de deuda de sicam, por formularios 575? Y los "recibos de pago" que salen al final del formulario? Esos van en blanco también, o se completa algo? Hay que buscar un "dador de trabajo"?
Y en el F 575, lo único que se completa es el Cuil, período, y marcar con X el Rubro II Diferencias de Contribuciones, y poner los $23 ahí? Intereses dejarlo en blanco... y después viendo el detalle de deuda de Sicam, confeccionar nuevos 575, y ahí sí marcar con X y completar solamente la parte de Intereses del Rubro II?
Los pagos de ambos formularios los haría todos esta semana, y esperaré a que se acrediten en el sicam para poder ver el detalle de deuda. Sé que se puede calcular con la calculadora de AFIP, pero la verdad me complica el hecho de tener que ingresar fechas de "inicio de demanda", etc., que no lo vi explicado por ningún lado.
Gracias!