Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • duda con contrato de compraventa de inmuebles!

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #586923  por Aimael
 
Estmados foristas tengo una duda con un contrato de compraventa de inmuebles, resulta que en mayo de 2008 se firma el contrato, el precio de venta fue de $25.000, de los cuales $12500 fueron pagados en el momento y los otros se pagaban en el momento de la escritura, (el contrato dice q se otorgara en plazo maximo de 120 dias), bueno ya ha pasado un tiempo considerable, 2 años precisamente y el vendedor no ha cobrado la mitad del precio de venta, el cual ahora se encuentra desvalorizados, la escribana hce meses q le dice a la vendedora que ya va a salir y nunca sale, que acciones tiene la vendedora? puede actualizar el precio? en el contrato hay una clausula q dice q el precio es "total. fijo e inamovible" y no dice, ndad mas al respecto. gracias!
 #588442  por suntsu
 
Aimael escribió:Estmados foristas tengo una duda con un contrato de compraventa de inmuebles, resulta que en mayo de 2008 se firma el contrato, el precio de venta fue de $25.000, de los cuales $12500 fueron pagados en el momento y los otros se pagaban en el momento de la escritura, (el contrato dice q se otorgara en plazo maximo de 120 dias), bueno ya ha pasado un tiempo considerable, 2 años precisamente y el vendedor no ha cobrado la mitad del precio de venta, el cual ahora se encuentra desvalorizados, la escribana hce meses q le dice a la vendedora que ya va a salir y nunca sale, que acciones tiene la vendedora? puede actualizar el precio? en el contrato hay una clausula q dice q el precio es "total. fijo e inamovible" y no dice, ndad mas al respecto. gracias!
Primero, intimalo mediante CD a regularizar su deuda bajo apercibimiento de dar por rescindido el contrato. en la CD detalla la deuda actualizada con los intereses. aunque en realidad no vas a poder rescindir porque ya pago el 50%.
el tema de que el contrato dice que el precio es fijo e inamovible corre para el plazo de 120. de alli en más estaria en mora y yo creo que le podes cargar los intereses pero no podes actualizar al valor de mercado actual.
¿que es lo que va a salir segun la escribana? los estificados para escritorar tardan entre 7 y 10 días.
Saludos a la Familia!
 #588456  por Aimael
 
clAro la escribana le dice q ya va a salir la escrituracion, la vendedora dice q le pago el costo de la escrituracion de contado y que la escribana se hace la tonta hace mas de un año q le dice q ya va a salir y no pasa nada, la vendedora dice q si le tiene q devolver lo q pagaron se lo devuelve,pero bueno el comprador ya construyo imaginate q pasaron dos años, como hago para actualizarle con los intereses por mora, me refiero al calculo? y con respecto a la escribana se puede hacer algo? mil gracias por tu respuesta! un beso enorme!
 #588487  por celso
 
Lo primero que tenes que saber es quin eligio la escribana, ya que si la eligio el vendedor nada podria imputarsele al comprador por eso para darte una respuesta correcta y decir lo que tenes que hacer pimero desi qiuen eligio la escribana ya que de eso se desprende la posibilidad de cargar intereses o actualizar el saldo con el CER.
 #589149  por Aimael
 
entre ambos decidieron que esa sea la escribana porque es la unica en el lugar y asi se manejan en las localidades pequeñas!
 #591176  por Tiburcio
 
Código Civil:
Art. 1.204. En los contratos con prestaciones recíprocas se entiende implícita la facultad de resolver las obligaciones emergentes de ellos en caso de que uno de los contratantes no cumpliera su compromiso. Mas en los contratos en que se hubiese cumplido parte de las prestaciones, las que se hayan cumplido quedarán firmes y producirán, en cuanto a ellas, los efectos correspondientes.

No ejecutada la prestación, el acreedor podrá requerir al incumplidor el cumplimiento de su obligación en un plazo no inferior a quince días, salvo que los usos o un pacto expreso establecieran uno menor, con los daños y perjuicios derivados de la demora; transcurrido el plazo sin que la prestación haya sido cumplida, quedarán resueltas, sin más, las obligaciones emergentes del contrato con derecho para el acreedor al resarcimiento de los daños y perjuicios[/color].

Las partes podrán pactar expresamente que la resolución se produzca en caso de que alguna obligación no sea cumplida con las modalidades convenidas; en este supuesto la resolución se producirá de pleno derecho y surtirá efectos desde que la parte interesada comunique a la incumplidora, en forma fehaciente, su voluntad de resolver.

La parte que haya cumplido podrá optar por exigir a la incumplidora la ejecución de sus obligaciones con daños y perjuicios. La resolución podrá pedirse aunque se hubiese demandado el cumplimiento del contrato; pero no podrá solicitarse el cumplimiento cuando se hubiese demandado por resolución.

Tu cliente debe intimar al comprador de acuerdo con este artículo que funciona aunque no haya una cláusula expresa en el boleto.
Los daños y perjuicios están dados por la desvalorización de la moneda.
 #591647  por Aimael
 
Ante todo mil gracias por la amabilidad y el tiempo q te tomaste en contestarme, te pregunto entonces primero que lo intime a que le pague lo q le debe mas los daños y perjuicios por la demora? como los estimo? el le debe exactamente $12500, desde mayo de 2008 q fue la fecha de celebracion del contrato!GRACIAS!
 #594148  por celso
 
Para emitir un juicio es necesario saber si en el contrato dice ¨las partes nombraran de común acuerdo a la escribana¨, si la designación del escribano se realizo expresamente en el contrato, si esta se designo por escrito en un acuerdo posterior, o fue un acuerdo de palabra, dada las consecuencias que pueden derivar en los dos primeros casos no están fácil la solución, si hubiese sido designada la escribana en el contrato o en acuerdo posterior, la obligación y las diligencias a cumplir con la escrituración, no recae solo en el comprador, ya que el vendedor debe ser diligente en intimar a la escriban, dado que la obligación de escriturar es indivisible con respecto al comprador y el vendedor por parte de la escribana, así es que antes de intimar al comprador por daños intereses y demás, debe primero solicitar la colaboración al comprador a los efectos de de la correspondiente intimación a la escribana, luego de ello recién podría pensar en demandar por daños intereses, y podría demandar el cumplimiento del contrato judicialmente, ya que tendría que intimada a la escribana en forma fehaciente a cumplir sus obligaciones, habría solicitado la colaboración del comprador para dicha intimación ala que este no ha accedido, por lo que estaría cubierto a partir de ese momento, y podría decir que cumplió con las obligaciones que el contrato le imponía, Si el nombramiento fue de palabra y no hubiese ningúna estipulación en el contrato, como la elección corresponde al vendedor solo debería intimar al comprador o iniciar cumplimiento de contrato con intereses. Pero como dije hay que leer bien los terminos del contrato para un juicio logico ya que las posibilidades van de las manos de las clausulas del mismo.
 #594235  por Aimael
 
en realidad dice: · cuarta: posesion y escrituracion: Se entrega la posesion en este acto y la escrituracion, en el plazo maximo de 120 dias corridos a contar de hoy (21/05/2008), con la intervencion de la escribana publica XXXX. gastos a cargo del comprador, y demas"
 #594855  por Mel79
 
Hola, no entiendo bien, se firmo un boleto de compraventa, se estipulo que el plazo de escrituración era de 120, se acerco la doc a la escribana tanto el comprador como el vendedor?, el vendedor no intimo al comprador a escriturar? y la escribana dice que ya va a salir que?, los certificados como bien dijeron tardan urgentes aprox 24748 hs y simples 7/10 días.- Creo que deberías primero hablar con la escribana, y que te indique en qué estado esta la carpeta para firmar la escritura, imposible que tarde tanto y de cualquier manera enviar CD para intimarlo a escriturar, sino deberás con la documentación luego, iniciar un juicio de escrituración.- Espero te sea útil Besos.-
 #594863  por Aimael
 
Mel79 escribió:Hola, no entiendo bien, se firmo un boleto de compraventa, sise estipulo que el plazo de escrituración era de 120, sise acerco la doc a la escribana tanto el comprador como el vendedor?, exacto el vendedor no intimo al comprador a escriturar? no aun no intimo porq se basan en la confianza cada tanto de palabra pero nada formal, lo llamaba por telefono nada mas!y la escribana dice que ya va a salir que?, los certificados como bien dijeron tardan urgentes aprox 24748 hs y simples 7/10 días.- eso es lo q no sabe q le dice la escribana, pero siempre le dice en cualquier momento salenCreo que deberías primero hablar con la escribana, y que te indique en qué estado esta la carpeta para firmar la escritura, imposible que tarde tanto y de cualquier manera enviar CD para intimarlo a escriturar, sino deberás con la documentación luego, iniciar un juicio de escrituración. ok y le corresponden intereses no? 12500 pesos hace 2 años atras no es lo mismo q ahora!- Espero te sea útil Besos.-