Buenas...
Estoy armando un sicam para una pensión con 30 años...
El cómputo me da ok, hasta septiembre de 1993 y 5 meses del año 2006 que aportó como autónomo.
El señor tenía inscripción hasta agosto de 2001.-
Ahora bie, tiene deuda con posterioridad al 93 y no apliqué art. 1, la dejé pero a la hora de computar el art. 3 tomé como cese de actividad el año 2006 que fue el último aporte que tomo para llegar a los treinta años. El señor falleció en el 2001.-
Ya he iniciado otras antes y apliqué art- 1 ley 25321 y el cese me lo tomaron por el período anterior, pero en este caso, preferí dejar la deuda....y me surgíó la duda existencial...
a los efectos del cómuto del beneficio del art. 3 tomo el cese del año que tomo en cuenta para los treinta años? el del fallecimeinto? o el que surge en la deuda??...
Lei tantas cosas que estoy mareada...gracias.
Estoy armando un sicam para una pensión con 30 años...
El cómputo me da ok, hasta septiembre de 1993 y 5 meses del año 2006 que aportó como autónomo.
El señor tenía inscripción hasta agosto de 2001.-
Ahora bie, tiene deuda con posterioridad al 93 y no apliqué art. 1, la dejé pero a la hora de computar el art. 3 tomé como cese de actividad el año 2006 que fue el último aporte que tomo para llegar a los treinta años. El señor falleció en el 2001.-
Ya he iniciado otras antes y apliqué art- 1 ley 25321 y el cese me lo tomaron por el período anterior, pero en este caso, preferí dejar la deuda....y me surgíó la duda existencial...
a los efectos del cómuto del beneficio del art. 3 tomo el cese del año que tomo en cuenta para los treinta años? el del fallecimeinto? o el que surge en la deuda??...
Lei tantas cosas que estoy mareada...gracias.
