Hola, les consulto lo siguiente:
Inicié un cobro ejecutivo por alquileres, el primer despacho decia asi:
"En atención a lo solicitado intímese al accionado para que comparezca personalmente a éste Juzgado a reconocer la firma del contrato y manifestar dentro del término que cinco días, si es o ha sido locatario o arrendatario de los actores y en caso afirmativo, exhiba el ltimo recibo y a los fiadores dentro del mismo plazo para que comparezca personalmente a reconocer la firma del contrato mencionado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los arts. 523, 524 y 525 del CPCC. Notifíquese. Por razones de economía y celeridad procesal, en virtud de lo normado por el art. 34, inc. 5º a) y e) del CPCC., hácese saber al accionante que, en caso de resultar frustrada la diligencia ordenada, podrá reiterarla sinnecesidad de petición previa, considerándose como denunciados los domicilios a los cuales se dirijan ulteriores diligencias. En caso de resultar frustrada la diligencia realizada en el domicilio denunciado como de los demandados por no atender persona al llamado o negarse a recibirla, por las razones ya expuestas, se encuentra facultada la accionante para librar nueva cédula bajo su responsabilidad sin necesidad de petición previa.Notifíquese.Asimismo, de fracasar la diligencia debido a que quien se pretende anoticiar se encuentra en su domicilio en horas inhábiles, por idénticas razones, podrá practicar una nueva con habilitación de día y horas inhábiles, sin necesidad de petición previa. Notifíquese."
El tema es que se realizaron las notificaciones a locatario y al los garantes, pero una de las notificaciones del garante no fue positiva, ya que estaba mal la dirección en el contrato de locación. Ahora yo encontré la dirección y quiero volver a notificar. Como hago? directamente presento nueva cedula al juzgado cnon al dirección que considero correcta? o como procedo en este caso? Que significa cedula bajo su responsabilidad?
Inicié un cobro ejecutivo por alquileres, el primer despacho decia asi:
"En atención a lo solicitado intímese al accionado para que comparezca personalmente a éste Juzgado a reconocer la firma del contrato y manifestar dentro del término que cinco días, si es o ha sido locatario o arrendatario de los actores y en caso afirmativo, exhiba el ltimo recibo y a los fiadores dentro del mismo plazo para que comparezca personalmente a reconocer la firma del contrato mencionado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los arts. 523, 524 y 525 del CPCC. Notifíquese. Por razones de economía y celeridad procesal, en virtud de lo normado por el art. 34, inc. 5º a) y e) del CPCC., hácese saber al accionante que, en caso de resultar frustrada la diligencia ordenada, podrá reiterarla sinnecesidad de petición previa, considerándose como denunciados los domicilios a los cuales se dirijan ulteriores diligencias. En caso de resultar frustrada la diligencia realizada en el domicilio denunciado como de los demandados por no atender persona al llamado o negarse a recibirla, por las razones ya expuestas, se encuentra facultada la accionante para librar nueva cédula bajo su responsabilidad sin necesidad de petición previa.Notifíquese.Asimismo, de fracasar la diligencia debido a que quien se pretende anoticiar se encuentra en su domicilio en horas inhábiles, por idénticas razones, podrá practicar una nueva con habilitación de día y horas inhábiles, sin necesidad de petición previa. Notifíquese."
El tema es que se realizaron las notificaciones a locatario y al los garantes, pero una de las notificaciones del garante no fue positiva, ya que estaba mal la dirección en el contrato de locación. Ahora yo encontré la dirección y quiero volver a notificar. Como hago? directamente presento nueva cedula al juzgado cnon al dirección que considero correcta? o como procedo en este caso? Que significa cedula bajo su responsabilidad?
