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  • cobro ejecutivo notificacion

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 #580805  por pampa2008
 
Hola, les consulto lo siguiente:
Inicié un cobro ejecutivo por alquileres, el primer despacho decia asi:
"En atención a lo solicitado intímese al accionado para que comparezca personalmente a éste Juzgado a reconocer la firma del contrato y manifestar dentro del término que cinco días, si es o ha sido locatario o arrendatario de los actores y en caso afirmativo, exhiba el ltimo recibo y a los fiadores dentro del mismo plazo para que comparezca personalmente a reconocer la firma del contrato mencionado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los arts. 523, 524 y 525 del CPCC. Notifíquese. Por razones de economía y celeridad procesal, en virtud de lo normado por el art. 34, inc. 5º a) y e) del CPCC., hácese saber al accionante que, en caso de resultar frustrada la diligencia ordenada, podrá reiterarla sinnecesidad de petición previa, considerándose como denunciados los domicilios a los cuales se dirijan ulteriores diligencias. En caso de resultar frustrada la diligencia realizada en el domicilio denunciado como de los demandados por no atender persona al llamado o negarse a recibirla, por las razones ya expuestas, se encuentra facultada la accionante para librar nueva cédula bajo su responsabilidad sin necesidad de petición previa.Notifíquese.Asimismo, de fracasar la diligencia debido a que quien se pretende anoticiar se encuentra en su domicilio en horas inhábiles, por idénticas razones, podrá practicar una nueva con habilitación de día y horas inhábiles, sin necesidad de petición previa. Notifíquese."
El tema es que se realizaron las notificaciones a locatario y al los garantes, pero una de las notificaciones del garante no fue positiva, ya que estaba mal la dirección en el contrato de locación. Ahora yo encontré la dirección y quiero volver a notificar. Como hago? directamente presento nueva cedula al juzgado cnon al dirección que considero correcta? o como procedo en este caso? Que significa cedula bajo su responsabilidad?
 #582687  por marielafernanez
 
no es necesario que hagas un escrito, hace directamente la cédula con el auto completo, ya que es este auto el que ordena la cédula nueva que queres librar, saludos y suerte
 #582694  por pampa2008
 
gracias por tu respuesta, entonces confecciono la cedula con el domicilio que creo es el correcto. Tendría que ser el real o el legal? porque tengo los dos, a los dos domicilios no se puede, no?
Esa cédula la diligencio presentandola en el juzgado, no?
MUCHAS GRACIAS
 #582760  por marielafernanez
 
cuando pongas el domicilio en la cedula siempre es denunciado (aunque vos sepas que es el legal) por que en las cedulas es constituido o denunciado (en algunos juzgados dejan que pongas real) pero por lo general es denunciado por que vos todavia no sabes a ciencia cierta que clase de domicilio es, si la dejas en el juzgado si es la misma jurisdicción por que si es por otro departamento judicial la tenes que sellar (cap o pcia es el expedinte?
 #582818  por pampa2008
 
gracias por tu respuesta. Esto es en pcia de bs as, y no cambiaría de jurisdicción con el nuevo dom.
Respecto a la demanda, todavia no se presentó ni contestó el demandado ni uno de los garantes,puedo solicitar la rebeldía o tengo que esperar la nueva notif al garante que tenía mal la dirección?

gracias
 #583244  por marielafernanez
 
la notificacion era para reconocer firmas?, estas en la preparacion de la via ejecutiva, lo que tenes que pedir que no habiendose presentado en legal tiempo y forma se tengan por reconocidas las firmas y se tenga por preparadada la accion ejecutiva y se libre mandamiento de intimacion de pago y embargo.....conforme a los arts. 525 y 529 cpcc.- suerte espero te sirva
 #583258  por pampa2008
 
muchas gracias , es mi primer juicio. Si, es para reconocer firmas. Envié una nueva cédula a uno de los garantes ayer con otro domicilio, puedo presentar ese escrito o ahora tengo que esperar el resultado de la cédula?