Buen dia !!! Estoy en una caja de otra profesion, pero supongo debe funcionar de igual modo Es importante que tengas en cuenta que seguramente rija en el caso (para unir aportes de Caja Profesional, con Anses y/o IPS), el sistema de Reciprocidad Jubilatoria establecido en la Resol 363/81 de la SSS (Subsec de Seguridad Social) del año 1981 (No pues la reciprocidad del dec 9316/46, que es para el caso de utizar aportes de Anses e IPS, o sea todo regimen publico)
Se hace reconocimiento de servicios en una caja (ej Anses, reco de moratoria que tengo entendido procede pero previo pago de contado del total de la deuda)
Luego se lleva el expediente original de reco (con la resol o acto administrativo
que le reconoce los servicios, menicona la aplicacion de dicha Reciproc Jubil, e indica los requisitos jubilatorios en aquella Caja - Remarco esto porque en nuestro caso, generalmente nos llega el exped de Anses reconociendo servicios pero SIN mencionar que aplica el convenio de Reciprocidad, o sin mencionar los requisitos jubilatorios de ellos, o en el peor de los casos que nos toco... llego el exped SIN AGREGADO EL ACTO ASM (resol) que le reconocia los servicios (segun el afiliado, le dijeron en la Anses que x cuestiones economicas no lo solian imprimir, solo ponian el "acuerdo colectivo" de cuando odenan el pago) Esa es la Caja Participante
La otra (Caja odontologos en tu caso) seria la "otorgante" del beneficio, que recibe ese reco, prorratea los requisitos jubil de ambas cajas y determina si se reunio o no las condiciones necesarias para la jubi En tal caso, acuerda el beneficio, y fija que porcentaje le corresp pagar a cada Caja (se obtiene pues un BENEFICIO UNICo pero pagado POR DOS CAJAS, cada una pues paga una parte del haber) Espero no haberte enredado mucho mas perdon lo extenso Cariños
Cariños