tengo una duda con una pensión directa , hombre fallecido en 2006 a los 54 años que no llega a las regularidades , entre los aportes en rrdd y lo que compraría por sicam, llegaría a unos 24 años, fuera de esos períodos tiene inscripción como autónomo desde el año 1996 y hasta el 09/2006(en ese mes falleció) con muy pocos pagos.
aplicaría art 1 desde el 96 hasta el 2000 (salvo a los pagos), ahora mi consulta, como necesito 6 años más y como autónomo da un importe imposible podré, más allá de las complicaciones actuales , comprar sdm desde 2000 a 2006 superponiéndolos al período autónomo? habría que aplicar art 1 a esos períodos también?
aplicaría art 1 desde el 96 hasta el 2000 (salvo a los pagos), ahora mi consulta, como necesito 6 años más y como autónomo da un importe imposible podré, más allá de las complicaciones actuales , comprar sdm desde 2000 a 2006 superponiéndolos al período autónomo? habría que aplicar art 1 a esos períodos también?
