Hola foristas, estoy haciendo una planilla en un caso laboral que no es mi especialidad, y me surgio una duda en este rubro.
Al tabajador lo despidieron en enero de 2009, recien en marzo de 2010 envie el telegrama de reclamo, incluyendo diferencias salariales y horas extras, mi pregunta es esta: la prescripcion de los creditos laborales es de 2 años , el telegrama enviado interrumpe la prescripcion aplicando el C.Civil, como cuento entonces los 2 años que puedo reclamar de horas extras y diferencias ? desde enero de 2009 dos años para atras o desde la fecha de la demanda 2 años para atras?
Con respecto al SAC se aplica la misma prescripcion de 2 años? nunca se lo abonaron porque estaba en negro.
Muchas gracias.
Al tabajador lo despidieron en enero de 2009, recien en marzo de 2010 envie el telegrama de reclamo, incluyendo diferencias salariales y horas extras, mi pregunta es esta: la prescripcion de los creditos laborales es de 2 años , el telegrama enviado interrumpe la prescripcion aplicando el C.Civil, como cuento entonces los 2 años que puedo reclamar de horas extras y diferencias ? desde enero de 2009 dos años para atras o desde la fecha de la demanda 2 años para atras?
Con respecto al SAC se aplica la misma prescripcion de 2 años? nunca se lo abonaron porque estaba en negro.
Muchas gracias.
