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  • YA CONFIRMARON DE ANSES QUE PASA CON SDM

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #577915  por hugo2
 
monyzappa escribió:hola a todos, tengo una sra que termino de pagar SDM el 22/6 un dia antes de la circular 30/10 todavia no realice el sicam, asi que si alguien tiene idea de como sigo se lo agradezco porque como las leyes no son retroactivas no se si la circulares de anses si, por otro lado dice que deberan liquidar los intereses los trabajadores independientes que superen los 35$ de los que igualan no dice nada?
Lee bien la circular por favor, todos los que pagan sdm ( no importa la categoria )tienen que pagar los intereses, cuando hagas el sicam te vas a dar cuenta.
 #578308  por Anita5
 
Hola, ya les puedo confirmar que los pagos de intereses de sdm, se hacen con el form 575 únicamente, mi clienta pago el lunes 28/07 y los pagos ya aparecen en el sicam, fui a la udai de mi zona ( Lomas de Zamora ) para confirmar si así esta bien, me dijeron que esta perfecto, lo que me aconsejaron es que, primero se pague sdm, una vez que figuren los pagos en el sicam, recién ahí enviar, de esta forma los pagos de sdm con sus intereses aparecen sin deuda.

Saludos
 #578380  por VGalbicka
 
sofia01 escribió:LA RES Conjunta dice que no se puede aplicar ningun beneficio. y para invocarla se tiene que hacer por el SICAM.
Justamente esa es mi observación, por que se va a impedir que un grupo de trabajadores autonomos aplique una ley, pero para eso Afip tiene que incluir la opción en el SICAM.
El art 1 es renuncia. La renuncia no es un beneficio.
 #582941  por juanita23
 
hola, como no podia ser de otra manera, anses hace lo q quiere, mas arriiba expuse mi caso: jubi con sdm de diciembre 2009, ingresado en rosario, lo mandaron a esquel y ahora , 8 meses despues, aparezco en estado de citadooooooo..................ESTO ES UNA JODA.................NO SE Q VOY A HACER. cuando lo resuelva aviso, no se queden con eso de q no pueden alterar un derecho, por lo visto aplican resoluciones a su antojo y para anses no existe piramide juridica, son una falta de respeto. cuando tenga la solucion aviso, saludos a todos....