Hola foro, se me presentaron dos dudas en el SICAM de la pension que voy a iniciar, me ayudan a resolverlo?
1) La fallecida estuvo inscripta en autónomos entre Marzo de 1995 y Octubre de 1998 e inscripta en monotributo entre Noviembre de 1998 y Junio de 2002, fallecio en Julio de 2003. En el PUC me aparece dichas inscripciones pero en Historia de categorías del SICAM la inscripcion del monotributo no aparece, en AFIP no saben el motivo por el cual no aparece y me dicen que presente una Multinota para ananlizarlo, tienen idea si ANSES me lo objetaría? Pense en llevarle el PUC firmado por la AFIP, como diciendo que eso es correcto, que opinan?
2) Posterior a Setiembre de 1993 tengo períodos con deuda de capital y otros períodos con deuda de intereses, importes insignificantes; tengo entendido que se hace la liquidacion incluyendo dichos períodos con deuda y se pide la aplicacion del Decreto 526/95, no tomando ANSES para la liquidacion de la pension los períodos que arrojan deuda. Ahora bien, yo puedo cancelar hoy la deuda de los períodos que tienen pequeñas deudas de intereses para que no arrojen deuda cuando envío el plan?
Gracias a quien pueda ayudarme, Graciela
1) La fallecida estuvo inscripta en autónomos entre Marzo de 1995 y Octubre de 1998 e inscripta en monotributo entre Noviembre de 1998 y Junio de 2002, fallecio en Julio de 2003. En el PUC me aparece dichas inscripciones pero en Historia de categorías del SICAM la inscripcion del monotributo no aparece, en AFIP no saben el motivo por el cual no aparece y me dicen que presente una Multinota para ananlizarlo, tienen idea si ANSES me lo objetaría? Pense en llevarle el PUC firmado por la AFIP, como diciendo que eso es correcto, que opinan?
2) Posterior a Setiembre de 1993 tengo períodos con deuda de capital y otros períodos con deuda de intereses, importes insignificantes; tengo entendido que se hace la liquidacion incluyendo dichos períodos con deuda y se pide la aplicacion del Decreto 526/95, no tomando ANSES para la liquidacion de la pension los períodos que arrojan deuda. Ahora bien, yo puedo cancelar hoy la deuda de los períodos que tienen pequeñas deudas de intereses para que no arrojen deuda cuando envío el plan?
Gracias a quien pueda ayudarme, Graciela
