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  • CIRCULAR 30/10

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #574358  por FLORCITA73
 
Es cierto Alejandra. Creo que debería ser así.

*abrazo*
 #574367  por adriancba
 
mariana080280 escribió:zambia te cuento mi experiencia de hoy: ingrese un sdm /moratoria en rosario oeste, el sicam era del 28/05/10 y el turno del 17/06, la iniciadora cuando vio sdm se alerto cuando vio que el turno era del 17 y consulto con un superior, le planteo el caso y este le dijo: de la resolusion no surge que el turno tenga que ser antes del 17, el sicam es anterior al 17 entra normal como siempre"; el tema fue que lo mio era un combo completo: antes de sentarme pregunte si podia presentar un feliz cumpleaños con moratoria, me contestaron que si. cuando presente la documentacion se encontraron con que era feliz cumpleaños, moratoria, y sdm, entonces me dijieron "para que lo consultamos" llamaron por tel a no se donde o a quien y le dijieron que tendria que entrar normal porque: tiene los requisitos: 59 años 11 meses y 15 días (feliz cumpleaños), 30 años de servicio (entre sdm y moratoria) pero que lo ingrese en cod 18 : a la espera de nueva normativa. o sea que si hubiese tenido la edad entraba con el sicam hecho anterior al 17/06, cosa que ayer en este foro se decia que no. cuento mi experiencia.
Hola como estás?
no sé por qué te dijo el superior que no dice la resolución que el turno tenía que sera antes del 17, si justamente eso ´dice. En que udai la presentaste? gracias
 #574379  por DRALIDIA
 
HOLA FORISTAS, CUENTO QUE HOY PRESENTE EN UDAI CENTRO JUB, CON SDM, Y ME TOMARON NORMALMENTE, EL TURNO LO SOLICITE EL 18/6, PRESENTE FORM 102, 575 Y ANEXO, A TODO ESTO PREGUNTE QUE MEDIDAS TOMABAN ELLOS, Y ME DIJO QUE INTERPRETABAN QUE ERA PARA NUESTRO "CASO", LA VERDAD NO LO ENTENDI, PERO CONCLUYO QUE ELLOS SEGUIAN RESOLVIENDO, SIN MODIFICACION. SICAM LO HICE EN MAYO.
EN FIN ESTOY HACIENDO UN NUEVO SICAM Y NO SE SI INCORPORAR SDM, YA QUE NO APARECE, O QUE HAGO!!!!!!!
 #574386  por azules
 
Hola, es un caso de un Sra. turno anterior al 17 y sicam posterior. Tendrá posibilidades de ingresarlo sin pagar int?. Gracias
 #574395  por DRALIDIA
 
HOLA ESTAS SEGURA DE ESE MONTO?
HICE CALCULO INT RESARCITORIO ME DA 65.67, INT. RESARCIT. CAPITALIZADOS 1.18, QUE HACEN UN TOTAL DE 66.85, NO ES ESTE TOTAL EL QUE DEBEMOS PAGAR??????????
POR QUE SI ES LO CAPITALIZADO NO TENDRIAMOS PROBLEMAS. GRACIAS.
alejandra01 escribió:che. yo no lo veo complicado.
van a la página de afip: cálculo de intereses
ponen la fecha de vencimiento,
fecha de pago real
monto: $ 12 (que es lo que va al sicam de los 20 del f.102)
y la fecha a la que liquidan los intereses, ej. 23/6/2010
Ese interés va en el 102

Hacen lo mismo con el 575.
ponen fecha de vencimiento: 15 del mes siguiente al período en cuestión
fecha real en que se pagó
monto: $ 23
y la fecha en la que liquidan.
Y ese interés va en el 575

A la vez sumen los intereses que dió en el 102 y en el 575 y chequean si es el mismo que da el detalle de deuda del sicam.
y si no da, ponganle unos centavos más a cada rubro de interés y listo. Mejor que sobre y no que falte.
O sea, si da 1.66 paguen 1.90. y listo.
 #574421  por alejandra01
 
DRA LIDIA...hice el cálculo período por período como te dije, sume los 2 intereses que dió para el f.102 y para el 575 y miré lo que me dió de intereses el sicam y puede variar en unos 2 o 3 centavos nada más (la liquidación individual me dió esos 2 o 3 centavitos de dif). Es más, por las dudas, si puedo, agrego unos 0.5 centavos más, que no es dinero, y me asegura que el sicam luego me de 0 seguro.
Asi que voy a probar mañana pagando uno, y cuando se acrediten el pago liquido de vuelta y me aseguro si el interés desapareció. Asi después sigo con los otros.
suerte
 #574490  por EDUARDO SUAREZ
 
Les comento que con una clave que tengo cargué los SDM y a modo de ejemplo periodo 04/2000 y capital $35, cvon fecha de pago el 30/06/2010 :
SEGUN SICAM DETALLE DE DEUDA: intereses: 99.56
SEGUN AFIP CALCULO DE INTERESES: 102.21
Yo me inclinaria con pagar 102.21
Pero, como se discrimina en los formularios 102 y 575 ?
No sería correcto pagar el total con el 801/E ?
 #574505  por FLORCITA73
 
EDUARDO SUAREZ escribió:Les comento que con una clave que tengo cargué los SDM y a modo de ejemplo periodo 04/2000 y capital $35, cvon fecha de pago el 30/06/2010 :
SEGUN SICAM DETALLE DE DEUDA: intereses: 99.56
SEGUN AFIP CALCULO DE INTERESES: 102.21
Yo me inclinaria con pagar 102.21
Pero, como se discrimina en los formularios 102 y 575 ?
No sería correcto pagar el total con el 801/E ?
Yo haria el mix.
Como dice Eduardo pagaría los 102.21 del cálculo, y proporcional a los 12 del 102 y a los 23 del 575. Pagaría con esos dos formularios, porque estan diseñados para el pago de intereses,y porque en la 30 no leí mencion al 801.
:?: :?:
 #574510  por varelamariac
 
En la pagina de afip dice que los intereses de serv domestico se pagan con el 102
 #574520  por FLORCITA73
 
varelamariac escribió:En la pagina de afip dice que los intereses de serv domestico se pagan con el 102

Y la 30 dice:

Se efectuara con los instrumentos de pago vigentes para este régimen ( F. 102 u 575) o mediante el procedimiento previsto en la Res. Gral 1778 (AFIP), su modificatoria y sus complementarias.
 #574532  por EDUARDO SUAREZ
 
Por lo que estuve viendo de la resolución, no sería para este caso:

"Los contribuyentes y/o responsables deberán poseer una cuenta bancaria en pesos desde la que se autorizará, por débito en cuenta, el pago correspondiente a las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social"

Sigue la duda, entonces, todo en el 102 o discriminar proporcionalmente entre los dos, 102 y 575 ?
 #574533  por Pipi
 
Chicos... estoy re preocuapda... tengo turno el martes que viene. Tengo el Sicam armado con fecha 30 de mayo. La Sra. tenia pagos de SDM pero no extemporaneos, ya que es cierto que trabajaba en esta casa de familia.
Cuando armamos el sicam no existian estas circulares... pero el turno, lo pedi recien ayer... porque siempre me salian dias y horas que la sra. no podia ir!!! Ahora la verdad que estoy re preocupada... por en el sicam obviamente no existia la opcion de SDM para cargar!!!
Es en Udai Pacifico el turno... me lo tomaran???? O doy de baja el sicam y lo incluyo???? No se que hacer!!!!!! :(
Es la primera vez que voy a ir a esa Udai... asi que no se ni siquiera si son piolas... o super exigentes... Alguien estuvo por alli???
 #574535  por lilita09
 
Hola buen y feliz viernes para todos,Ale,Edu,Mari,flor cuantas dudas no? lo que mas me preocupa q hasta HUGO2 tiene dudas estamos en el horno :D , chicos yo calcule por la pagina como dice Ale y la nueva normativa por lo que yo entendi intereses con el 102 , y como dice Ale yo le pongo unos ctvs de mas pero lo real es que no tenemos aun casos en concreto!! nos tenemos q dar un tiempo para ver que pasa en la practica, no?, buen finde para todosss :o
 #574539  por benfer
 
Chicos no si si estoy calculando bien, pero no es tanto lo que me da de interes poara los periodos màs nuevos: Para saber el total yo hago el siguiente calculo -corrijanme si esta mal por favor-

CASO DE PERSONA QUE DEBE COMPRAR 4 AÑOS DE SDM (48 meses)

1ero) Incluyo el periodo total en el Sicam (en este caso 07/2006 al 06/2010)

2eo) Calculo la deuda y me arroja $2452 (con los intereses); pero este no es el total a pagar aún (porq se hizo en base a $35 el interes)

3º) Multiplico los 48 meses que estpy comprando x $8 (que no incluye el SICAM) Eso da: $384

4to) Sumo $2452 + $384_ TOTAL A PAGAR CON INTERESES: $2836.-


¿Estan de acuerdo en el procedimiento o me estoy salteando algo? Despues debemos resolver cual es el form mas conveniente para pagar dichos intereses porque van a ser muchas, muchas boletas,

Espero opiniones
 #574562  por marcegaleano
 
Para abonar los intereses se procede de la siguiente manera: en principio con el F102 se pagan los intereses resarcitorios sobre el capital de $ 20 (no se puede obviar el componente de obra social de $8,00). Se paga sobre todo, es una de las particularidades de éste régimen. Respecto a los intereses sobre diferencias de contribuciones de $ 23,00 efectivamente se abona con el F575.- Siempre utilizando la calculadora de AFIP.
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