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  • CIRCULAR 30/10

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #574203  por FLORCITA73
 
marcegaleano escribió:Los intereses se pagan con los dos formularios con el 102 y con el 575, de acuerdo a cada importe. Reitero con el F-102 sobre los $ 20 y con el F-575 sobre los $ 23.

Los que corresponden al 102 se pagan sobre el total, o sea sobre los 20 ?

gracias

Flor
 #574242  por hugo2
 
carloscapital escribió:
lilita09 escribió:Digo que considero que se debe cargar mes a mes el periodo ej 04/2000 mas su respectivo interes, no olviden q el form. 102 solo tiene para poner un solo mes y no desde hasta, se entiende?
Pienso igual que vos; ahora bien como reflejamos en el F. 102 los $ 12 en vez de $ 20??
Carlos lee lo que dicen los compañeros, con el 102 pagas 20 pesos, y en el sicam te va a aparecer 12 pesos porque 8 pesos van a obra social.
 #574247  por carloscapital
 
hugo2 escribió:
carloscapital escribió:
lilita09 escribió:Digo que considero que se debe cargar mes a mes el periodo ej 04/2000 mas su respectivo interes, no olviden q el form. 102 solo tiene para poner un solo mes y no desde hasta, se entiende?
Pienso igual que vos; ahora bien como reflejamos en el F. 102 los $ 12 en vez de $ 20??
Carlos lee lo que dicen los compañeros, con el 102 pagas 20 pesos, y en el sicam te va a aparecer 12 pesos porque 8 pesos van a obra social.
Tenés razón me confundí; gracias Hugo2
 #574250  por zambia
 
Hola foristas, como están? Hay algo que no me queda claro. Esta Resolución comienza a regir desde el 17 de junio. Ahora bien, que pasa con los trámites que se presentaron desde abril hasta ahora? (o sea, como los hacíamos antes). Porque en mi caso, tengo varios presentados, que se les hizo verificación y ahora están en Legales para dictaminar. Cómo tendrían que salir resueltos?. O sea, qué pasa en ese bache de dos meses y pico? Gracias
 #574265  por carloscapital
 
hugo2 escribió:
carloscapital escribió:
lilita09 escribió:Digo que considero que se debe cargar mes a mes el periodo ej 04/2000 mas su respectivo interes, no olviden q el form. 102 solo tiene para poner un solo mes y no desde hasta, se entiende?
Pienso igual que vos; ahora bien como reflejamos en el F. 102 los $ 12 en vez de $ 20??
Carlos lee lo que dicen los compañeros, con el 102 pagas 20 pesos, y en el sicam te va a aparecer 12 pesos porque 8 pesos van a obra social.
Tenés razón me confundí; gracias Hugo2
 #574289  por fedes
 
hola a todos a ver si estoy loco, exigen certificacion de servicios via web para pagos extemporaneos y no manual, es decir que no si esta incripto como empleador a la fecha de pongamos 2008, no es posible
gracias fede
 #574296  por mariana080280
 
zambia te cuento mi experiencia de hoy: ingrese un sdm /moratoria en rosario oeste, el sicam era del 28/05/10 y el turno del 17/06, la iniciadora cuando vio sdm se alerto cuando vio que el turno era del 17 y consulto con un superior, le planteo el caso y este le dijo: de la resolusion no surge que el turno tenga que ser antes del 17, el sicam es anterior al 17 entra normal como siempre"; el tema fue que lo mio era un combo completo: antes de sentarme pregunte si podia presentar un feliz cumpleaños con moratoria, me contestaron que si. cuando presente la documentacion se encontraron con que era feliz cumpleaños, moratoria, y sdm, entonces me dijieron "para que lo consultamos" llamaron por tel a no se donde o a quien y le dijieron que tendria que entrar normal porque: tiene los requisitos: 59 años 11 meses y 15 días (feliz cumpleaños), 30 años de servicio (entre sdm y moratoria) pero que lo ingrese en cod 18 : a la espera de nueva normativa. o sea que si hubiese tenido la edad entraba con el sicam hecho anterior al 17/06, cosa que ayer en este foro se decia que no. cuento mi experiencia.
 #574310  por zambia
 
Gracias Mariana, pero en realidad mi pregunta apunta a los trámites que quedaron "colgados" antes de que se implementara Sicam para SDM. O sea, yo tengo 3 trámites que los presenté a mediados de abril (como lo hacíamos antes, es decir no con Sicam sino sólo los F 102, los F 535 y la DDJJ del empleador. Me los mandaron a verificar y ahora pasaron a legales para dictaminar. Mi duda es en que situación están esos trámites que, en definitiva, son híbridos, porque fueron después de la circular 18/10 y antes de la 30/10. Si alguien me puede ayudar o dar una opinión se los agradezco.
 #574313  por hugo2
 
zambia escribió:Gracias Mariana, pero en realidad mi pregunta apunta a los trámites que quedaron "colgados" antes de que se implementara Sicam para SDM. O sea, yo tengo 3 trámites que los presenté a mediados de abril (como lo hacíamos antes, es decir no con Sicam sino sólo los F 102, los F 535 y la DDJJ del empleador. Me los mandaron a verificar y ahora pasaron a legales para dictaminar. Mi duda es en que situación están esos trámites que, en definitiva, son híbridos, porque fueron después de la circular 18/10 y antes de la 30/10. Si alguien me puede ayudar o dar una opinión se los agradezco.
Te los van a aprobar no entran en la 30/2010, ( dice para los posteriores al 17/06 ), en mi caso presente solo los que tenia pendiente antes del abril/2010 ( ya habian pagado sdm ) y solo 2 casos con la 18/2010 que por suerte ninguno fue a verificacion y salieron todos acordados, salvo 1 que no se porque lo demoran y es anterior a abril/2010.
 #574318  por zambia
 
Gracias Hugo, ojalá tengas razón. Después les cuento.
 #574330  por Forista
 
Forista escribió:segun lo q interpreto de la 30/10 ahora para una jubi con SDM tengo q cargar los periodos de SDM en sicam (cuanto mas recientes puedan ser mejor x el tema de los intereses) y:

1) pago igual que antes con los F102 en el Rubro I $20, y en el Rubro II de int. resarcitorios el monto q obtengo de descontar al valor que me figura en del detalle de deuda de sicam para ese mes el importe de $35? Entendi bien?

2) pago en el F 575 los $23 como venia haciendo hasta ahora.

por favor si algun iluminado lo tiene mas claro me ayuda!!!!
marcegaleano escribió:Los intereses se pagan con los dos formularios con el 102 y con el 575, de acuerdo a cada importe. Reitero con el F-102 sobre los $ 20 y con el F-575 sobre los $ 23.
Por favor sigue sin quedarme claro :?
Lilita dice q es tal cual como pregunto, o sea q pagaria los intereses todo en el F102 y descontando del detalle de deuda de sicam el importe $35....
Y marcegaleano dice q se pagan por separado los intereses de los $20, y los de los $23, cada uno con su respectivo formulario o sea, los intereses sobre los $20 con el F102, y los intereses sobre los $23 con el F575. Entonces pregunto, en este caso para saber q importe de interes corresponde a los 20 y a los 23 como haria el descuento al detalle de deuda?
Disculpen pero ya me maree *cafe*
 #574333  por hugo2
 
Pregunto lo mismo, que forista, como separamos los intereses de los 12 ( form 102 ) y los 23 ( form 575 ), en afip me dijeron que pague todo con el 102 rubro 2.
 #574334  por FLORCITA73
 
Es tambien mi duda existencial ... *foto* *foto* .... lo estoy preguntando desde hoy ....
Hay que sacar la proporción ?

Necesito un contador..... :lol:
 #574343  por susanac
 
Bueno yo voy a sumar inquietudes a las de ustedes !!! ya que tengo mil dudas , prepare 2 sicam uno con periodos del 04/2000 al 04/2004 que es lo que necesitaba comprar para la Sra .- me sale capital 35 e intereses que hace una suma de $ 5364,10 en total , luego hice otro sicam misma persona con periodos del 05/2006 al 05/2010 y me sale 2517, 15 pero.... si bien es mucho menos de intereses en el 2006 ya no era 55 sino 59,44 en 2008 es 72 y ahora sin 81 , en definitiva , hace dias que hago cuentas y mas cuenta cuando logro entender voy a la afip , y ni siquiera sabian de que estaba hablando y en el anses de mi pueblo ni mucho menos , no saben no contentan.- estoy que no que hacer puesto que tenia sin pagar ni hacer sicam pero le hice juntar el dinero a 2 personas y ahora no se que decirle , o que lo devuelvan o que sigan un poco mas . realmente estan todos locos porque no cambiaron la fecha 09/93 y se dejan de joder....
ah y si alguien puede que haya interpretado los pagos para un rti ya que lo iniciaba sin problemas en Mar del ahora con tanta aclaracion y demas estoy en dudas (pagando los 18 meses año 2008 2009 juntos mas interses mas dador de trabajo mas 2 testigos y verificacion ,no tenia problema que interpretan ustedes de la 30/10 . gracias como dije anteriormente sumo dudas !!!
 #574345  por alejandra01
 
che. yo no lo veo complicado.
van a la página de afip: cálculo de intereses
ponen la fecha de vencimiento,
fecha de pago real
monto: $ 12 (que es lo que va al sicam de los 20 del f.102)
y la fecha a la que liquidan los intereses, ej. 23/6/2010
Ese interés va en el 102

Hacen lo mismo con el 575.
ponen fecha de vencimiento: 15 del mes siguiente al período en cuestión
fecha real en que se pagó
monto: $ 23
y la fecha en la que liquidan.
Y ese interés va en el 575

A la vez sumen los intereses que dió en el 102 y en el 575 y chequean si es el mismo que da el detalle de deuda del sicam.
y si no da, ponganle unos centavos más a cada rubro de interés y listo. Mejor que sobre y no que falte.
O sea, si da 1.66 paguen 1.90. y listo.
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