Hola, soy perito psicóloga, quisiera saber cuáles son los límites del secreto profesional, cuando se debe contestar a puntos de pericia que piden por ejemplo el detalle de la interpretacion de las técnicas del psicodiagnóstico y que se presente el material revelado por las pruebas administradas (o sea los tests que hace el peritado). Hay alguna ley que indique que uno se puede negar a entregar las pruebas? es obligatorio? Gracias..!!
valerju escribió:Hola, soy perito psicóloga, quisiera saber cuáles son los límites del secreto profesional, cuando se debe contestar a puntos de pericia que piden por ejemplo el detalle de la interpretacion de las técnicas del psicodiagnóstico y que se presente el material revelado por las pruebas administradas (o sea los tests que hace el peritado). Hay alguna ley que indique que uno se puede negar a entregar las pruebas? es obligatorio? Gracias..!!Hola colega. El límite es el de los puntos de pericia, es decir que el perito no va a incluir material que sea irrelevante y que no tenga que ver con los temas relacionados con la causa.
La obligación del perito es la de cumplir con la tarea que le fue encomendada, responder debidamente y con fundamento a los puntos de pericia propuestos por las partes. El examinado sabe que va a una pericia porque él mismo ofreció la prueba pericial, de manera que mientras el perito se limite a informar acerca de las cuestiones que sean de interés para la causa estará haciendo lo que debe.
Saludos
