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  • CONSULTA DE CONCUBINATO.

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 #568348  por Rodrigoabg
 
Hola colegas, les hago una consulta: resulta que ayer me llamo una señora que hace 1 semana se le murió el padre, y me consulto si todos los bienes le corresponde a ella. Ya que es la única heredera porque su madre también murió. Pero la pregunta es porque hace 10 años su padre convivía con una señora…. Además aclaro que todos los bienes lo contrajo antes de que se ponga en una relación con esta mujer… yo entiendo que todo le corresponde a ella y solamente la cónyuge puede reclamar una pensión.. Es así no?.. desde ya MUCHAS GRACIAS.
 #568474  por eduferry
 
Rodrigo, si es como vos decís respecto del origen de los bienes, en mi opinión la descendiente es la heredera universal. Pero cuidado con esas convivencias de gente grande que a veces termina apareciendo algún título no esperado por el cual el causante transfirió o concertó algun negocio jurídico con la conviviente para que en su ausencia no quede desamparada.
Yo pediría un informe de dominio y luego abriría la sucesión. Suerte
 #568845  por Romina34
 
Rodrigoabg escribió:Hola colegas, les hago una consulta: resulta que ayer me llamo una señora que hace 1 semana se le murió el padre, y me consulto si todos los bienes le corresponde a ella. Ya que es la única heredera porque su madre también murió. Pero la pregunta es porque hace 10 años su padre convivía con una señora…. Además aclaro que todos los bienes lo contrajo antes de que se ponga en una relación con esta mujer… yo entiendo que todo le corresponde a ella y solamente la cónyuge puede reclamar una pensión.. Es así no?.. desde ya MUCHAS GRACIAS.
Si. Tene presente que en el concubinato no hay vocacion hereditaria. Además, aunque el padre hubiera adquirido los bienes durante los 10 años de concubinato tampoco la concubina tendría acceso a alguno de ellos, dado que no existe en el concubinato ganancialidad de los bienes.
De todos modos, como dice el colega preopinante, asegurate que en esos 10 años no haya pasado algo que cambie la situación de las cosas.
Igualmente ojo, porque si la concubina invoca alguna donación o cesión gratuita, deberás estar atento a que tal acto no haya afectado la legítima del heredero, que en todo caso lo haya sido sobre la porción disponible que hubiera tenido el causante.
Asimismo, sobre los bienes del causante, tené presente que a lo mejor alguno de ellos si era ganancial con la madre (fallecida también), respecto de lo cual cualquier acto de disposición podría ser cuestionado.
Saludos,
 #568965  por matutemorais
 
OJO QUE LA CONCUBINA CON 10 AÑOS YA TIENE DERECHO A LA PENSION

SALUDOS
 #569032  por Romina34
 
pero que tiene que ver la pensión con los bienes del concubino muerto? a la hija nunca le hubiera correspondido la pensión!
 #569451  por matutemorais
 
No sé que tiene que ver, no lei que alguien haya mencionado que tenga algo que ver. Vos?
 #569454  por Romina34
 
para vos debe tener que ver, fue lo que respondiste en tu post anterior...
 #569521  por matutemorais
 
TE invito a releer mi post, en ningun momento escribí que la concubina tenga derecho a bienes hereditarios. PENSION, no es una palabra que deba asociarse a bienes hereditarios.

sALUDOS
 #569527  por Romina34
 
matutemorais escribió:OJO QUE LA CONCUBINA CON 10 AÑOS YA TIENE DERECHO A LA PENSION

SALUDOS
Mi respuesta fue en función de la advertencia que pusiste en tu post, la cual cito precedentemente. Es decir, no entendí tal advertencia que tiene que ver con el post del colega consultante, dado que acá lo que está en discusión es si a la concubina le corresponde o no heredar los bienes del concubino muerto. No esta en discusión si le corresponde o no la pensión.
Saludos,
 #569573  por matutemorais
 
Estimada Colega, evidentemente Ud tiene problemas en la comprensión de textos, claramente el consultante plantea la pregunta de si solamente el cónyige superstite tiene derecho a reclamar la pensión, la invito a releer el anteúltimo renglón de la consulta inicial.

Saludos
 #569590  por Romina34
 
Estimado colega, lo invito a que baje los humos en sus respuestas. Sino, empezo mal en el foro.
Lei correctamente el post del colega consultante, y es una obviedad que el concubino tiene derecho a la pensión, así al menos lo plantea el colega. Siendo su verdadera inquietud los bienes del muerto, no de la pensión, la cual la menciona como una afirmación y no como parte de la consulta.
Pensión, sobre la cual a la hija del concubino muerto la tiene sin cuidado, si de ninguna forma podría tener derecho a la misma, existiera o no la concubina.
Saludos,
 #569647  por matutemorais
 
Te pido disculpas si te ofendi, me sigue pareciendo que el consultante no la tenia tan clara como vos al tema de la pensión, sino ni siquiera lo hubiera mencionado al tema.

Saludos.
 #569976  por Rodrigoabg
 
Estimadas colegas no quiero que discutan… lo de la pensión lo tengo claro que solamente puede reclamarlo la cónyuge del causante. Pero bueno solamente quería asegurarme mi pensamiento sobre los bienes. Desde ya muchísimas gracias por ayudarme…. mil disculpa si mi consulta las pudo confundir. *flor* *suerte* Saludos.