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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #562609  por Alejandra Radua
 
markello escribió:magda, en el j.3 si presentaste el reclamo original, la denegatoria original y el exte administrativo certificado no tendras ningun problema.

Cuando este ordenado el traslado, el oficio es por art. 400 asi que a confeccionarlo, sellarlo y diligenciarlo.

Cuando vencen los 60 dias te daran traslado del traslado, en caso que conteste el anses, pedis conclusa, luego cedula al anses y por ultimo sentencia.

Si podes agrega el rub f9.

suerte
En el 3 hay traslado masivo de demanda. Si adjuntaste las copias, ellos directamente hacen el traslado a Anses.
 #562611  por Alejandra Radua
 
Alejandra Radua escribió:
airis escribió:
markello escribió:ME OLVIDE EL 6 justo el de tu papa. hace tiempo que no tengo nuevos alli asi que lo tengo en carpeta para consultar. Tengos muchos extes para que vuelvan del fiscal y aqui particularmente estan demorando mas de la cuenta, al menos en mi opinion.

Hasta el año pasado pedian remision de administrativos no se ahora porque van cambiando las opiniones mes a mes, quizas algun colega haya pasadao por el 6 en estos dias y nos cuente si hay solicitud de remision de administrativo por el juzgado, solo copia certificada o puede ser autenticada con firma de letrado.
Gracias Markello, yo tengo que ir a buscar la contestacion de demanda de Anses y voy a preguntar, y si tarda una barbaridad, este expte tiene el mismo dia de entrada que el del juzg. 5 y este ultimo ya solicite se declare de puro derecho, Ahora sigo preguntando :oops: , en el juzg 2 ya conteste traslado y me solicitan el Rub y las copias que considere firmadas por el letrado, no me solicitan en el proveido certificadas por Anses, lo consideraran igual?; y en el 7 tengo recien iniciados indefectiblemente piden copias certificadas por Anses? . Gracias y Saludos.
En el 2 te piden copias con firma de letrado y en el 7 no me pidieron copias certificadas. Sólo el F9.
En el juzgado 2 el F9 deben acompañarlo las dos partes. Si Anses no lo acompañó hay que pedirlo por oficio.