Hola quisiera consultar sobre el cálculo de la jubilación de mi abuela que es extranjera.-
nacio: 30/07/1922 (87 años)
Ingreso al país en 05/1943,
Radicación definitiva 11/1966
Art. 19: 13 y 5 meses
Art. 3 : 7 años
Moratoria: 9 años y 8 meses
Total: 30 y 1 mes
Esta bien asi? Aclaro: la moratoria por las dudas le hice desde 01/1967 a 08/1983 (le calculé después de la radicación definitiva porque nunca hice un trámite así y por las dudas que el Anses me lo rechace...)
mi duda es: Para el cómputo del exceso de edad se tiene en cuenta la fecha de nacimiento, de ingreso al pais o de radicación definitiva?
Gracias Besos- Besos
nacio: 30/07/1922 (87 años)
Ingreso al país en 05/1943,
Radicación definitiva 11/1966
Art. 19: 13 y 5 meses
Art. 3 : 7 años
Moratoria: 9 años y 8 meses
Total: 30 y 1 mes
Esta bien asi? Aclaro: la moratoria por las dudas le hice desde 01/1967 a 08/1983 (le calculé después de la radicación definitiva porque nunca hice un trámite así y por las dudas que el Anses me lo rechace...)
mi duda es: Para el cómputo del exceso de edad se tiene en cuenta la fecha de nacimiento, de ingreso al pais o de radicación definitiva?
Gracias Besos- Besos
Mariel

"He tomado sobre mis espaldas el monopolio de mejorar sòlo a una PERSONA,y esa persona SOY YO MISMO,y se cuan difìcil es conseguirlo"MAHATMA GANDHI