Hola a todos. Adelanto que no tengo idea sobre concurso preventivo pero me llego un caso que es así:
- una empresa se presento en concurso, mi cliente no verifico el credito y ahora la empresa le envio una propuesta de acuerdo que dice:
I) Sobre el monto de los créditos verificados y declarados admisibles se aplicará una quita del 50% (cincuenta por ciento) y una espera de dos (02) años contados a partir de la homologación del acuerdo;
II) Los importes así resultantes se cancelarán del modo que a continuación se expone: el pago del 50 % (cincuenta por ciento) del pasivo verificado y declarado admisible, así como los intereses ofrecidos (12% nominal anual), se abonarán en pesos, en cinco cuotas anuales y consecutivas, abonando en cada una de ellas el 10% del capital neto de quita con más los intereses devengados en la forma ut supra descripta
III) Las cuotas concursales se abonarán a su vencimiento en el domicilio real de la concursada, estableciéndose que la falta de percepción a la fecha prevista por no concurrir el acreedor al lugar de pago fijado, no le otorgará derecho a solicitar ningún tipo de interés, actualización o ajuste adicional. La concursada podrá modificar el lugar de pago, sujeto a las siguientes condiciones: deberá haberse informado en estos actuados -y anoticiado por ministerio de ley a los Sres. acreedores- con una antelación no menor a seis (6) meses de la fecha en que deba abonarse la cuota posterior al cambio de domicilio. Aeropol S.A. se reserva el derecho irrevocable de precancelar el total de las cuotas comprometidas, abonando en un sólo pago el 20% (veinte por ciento) del crédito verificado o admitido, con más los intereses devengados desde la fecha de homologación del acuerdo hasta ese momento. Esa suma deberá ser pagada -en el lugar y con las características ya especificadas más arriba- dentro de los 2 (dos) años de homologado el acuerdo. El ejercicio de la opción por parte de Aeropol S.A. será comunicado en las presentes actuaciones y puesto en conocimiento de los acreedores quirografarios, mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial, por el término de 3 días.
Alguien me podria aclaran un poquito, gracias por la ayuda.-
- una empresa se presento en concurso, mi cliente no verifico el credito y ahora la empresa le envio una propuesta de acuerdo que dice:
I) Sobre el monto de los créditos verificados y declarados admisibles se aplicará una quita del 50% (cincuenta por ciento) y una espera de dos (02) años contados a partir de la homologación del acuerdo;
II) Los importes así resultantes se cancelarán del modo que a continuación se expone: el pago del 50 % (cincuenta por ciento) del pasivo verificado y declarado admisible, así como los intereses ofrecidos (12% nominal anual), se abonarán en pesos, en cinco cuotas anuales y consecutivas, abonando en cada una de ellas el 10% del capital neto de quita con más los intereses devengados en la forma ut supra descripta
III) Las cuotas concursales se abonarán a su vencimiento en el domicilio real de la concursada, estableciéndose que la falta de percepción a la fecha prevista por no concurrir el acreedor al lugar de pago fijado, no le otorgará derecho a solicitar ningún tipo de interés, actualización o ajuste adicional. La concursada podrá modificar el lugar de pago, sujeto a las siguientes condiciones: deberá haberse informado en estos actuados -y anoticiado por ministerio de ley a los Sres. acreedores- con una antelación no menor a seis (6) meses de la fecha en que deba abonarse la cuota posterior al cambio de domicilio. Aeropol S.A. se reserva el derecho irrevocable de precancelar el total de las cuotas comprometidas, abonando en un sólo pago el 20% (veinte por ciento) del crédito verificado o admitido, con más los intereses devengados desde la fecha de homologación del acuerdo hasta ese momento. Esa suma deberá ser pagada -en el lugar y con las características ya especificadas más arriba- dentro de los 2 (dos) años de homologado el acuerdo. El ejercicio de la opción por parte de Aeropol S.A. será comunicado en las presentes actuaciones y puesto en conocimiento de los acreedores quirografarios, mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial, por el término de 3 días.
Alguien me podria aclaran un poquito, gracias por la ayuda.-
