Hola Colegas.... es mi 1er desalojo en prov. bs. as. por la actora. Soy la segunda abogada de la sra. El juez dictó sentencia condenando el desalojo y al pago de costas al demandado y hace extensiva las costas a los fiadores .y provee "cumplase con el art. 21" (aportes)
Aclaro que todos están notificados de la sentencia y las dos regulaciones de honorarios y agregas las cédulas...
Mi duda es: La actora tiene que pagarle los honorarios a su primer abogado y los dos aportes (10+10%) de ley más ingresos brutos (3.5%) ? todo ella ? aparte de los míos ? Qué pasa en ese caso con la "condena en costas al demandado y fiadores" ?
Ojalá puedan orientarme....
Aclaro que todos están notificados de la sentencia y las dos regulaciones de honorarios y agregas las cédulas...
Mi duda es: La actora tiene que pagarle los honorarios a su primer abogado y los dos aportes (10+10%) de ley más ingresos brutos (3.5%) ? todo ella ? aparte de los míos ? Qué pasa en ese caso con la "condena en costas al demandado y fiadores" ?
Ojalá puedan orientarme....
