Hola Foristas, estoy haciendo mis primeras experiencias en previsional, tengo mi primer caso y quería hacerles una consulta, espero puedan evacuarla, con esto de las chiquicientas circulares de Anses me vuelvo loco!! (Creo q no debo ser el único!!)
Aquí va el caso:
Mi clienta es paraguaya, ingresó al país en el año '78, trabajó como empleada doméstica con diferentes empleadores, trabajos todos ellos en negro. Obtuvo la Nacionalidad argentina en el '94, hoy tiene 71 años y quiere iniciar su trámite de jubiliación. La única constancia laboral que tiene son los aportes que durante 3 meses pagó su último empleador en el año 2009, para quien hoy ya no trabaja, hoy se encuentra desempleada. Tiene CUIL.
Para obtener la PBU, leí la circular 18/10 que sacó el 5-4-10 la ANSES, y estos son los requisitos que me van a pedir en la UDAI cuando me presente, si no entendí mal:
a) Libreta de Trabajo (prueba no esencial) NO TIENE
b) Recibos de Sueldo extendidos por el dador de trabajo (F 102 AFIP) NO TIENE X HABER LABURADO SIEMPRE EN NEGRO;
c) Constancias de Sindicato NO ESTÁ AFILIADA;
d) Certificado de Obra Social NO TIENE;
e) Tickets de aportes – contribuciones obligatorios establecidos por el artículo 3 del Régimen Especial para Empleados del Servicios Doméstico (Título XVIII de la Ley Nº 25.239), con el respectivo cumplimiento de todos los rubros mencionados en el mismo por la totalidad de los períodos impagos y reconocidos extemporáneamente, los cuales deberán ser anexados a la actuación administrativa ESTO REFIERE A LOS PERÍDOS QUE DEBERÍA COMPRAR?? NUNCA HIZO APORTES, salvo los 3 meses que trabajó en blanco en 2009, lo único en blanco de su historia laboral;
f) Exigir el cumplimiento del formulario “Anexo I Declaración Jurada Régimen Especial para Empleados del Servicios Doméstico establecido en la presente circular, para ser glosado al expediente previsional de manera de acreditar la categoría del trabajador.
Cumplido estos recaudos se merituará los servicios para el otorgamiento de la PBU en los términos de la presente circular. Si se dispusiera la sustanciación de la verificación de servicios conforme se expone en el artículo 3º, deberá condicionarse la validación de los servicios laborales a la resultas del mismo.
TENGO LA POSIBILIDAD DE QUE ALGUNO DE SUS EMPLEADORES DECLARE QUE PRESTÓ SERVICIOS PARA EL, (Sin el riesgo de q le caiga la AFIP xq terminó de trabajar a su cargo hace 10 años, y prestó servicios del año 92 al año 99). ESTO IGUAL ME SERVIRÍA PARA ACREDITAR SU CONDICIÓN DE EMPLEADA DOMÉSTICA Y CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS? EN SU DNI FIGURA COMO SUYA LA DIRECCIÓN DE ESTE EMPLEADOR
Entonces consulto:
1) Puedo iniciar la PBU con esta poca prueba con la que cuento (CUIL, DNI, Testimonio del Empleador para el que trabajó 6 años, 3 meses de aportes del año pasado), haciendo la moratoria??
2)Si la respuesta es no, puedo intentar la Prestación x Edad Avanzada (PEA)? Cumple algunos requisitos (Edad, 71 años), pero no tengo los 10 años de aportes, exigidos. Esto igualmente puede entrar en moratoria también como se hace con la PBU?? o es sólo para la PBU la Moratoria?
Espero que puedan evacuar mis dudas, Gracias y Saludos.
MuTaN-T