Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Accion de Jactancia

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #546514  por Mariela Ycasa
 
Alguien me puede explicar por favor que es una accion de jactancia, y donde está regulada. Gracias :?:
 #546523  por viko
 
no tengo idea, y es primera vez en mi vida que escucho de eso...
voy a tener que consultarlo con el dr.google...
 #546673  por Tuiti
 
No rige más, fue reemplazada por la Acción meramente declarativa.
En esta acción el actor era obligado a ejercer su derecho procesal de acción.Nadie puede ser obligado a intentar o proseguir una acción contra su voluntad, excepto cuando públicamente se jacte de que otro es su deudor, o de que tiene que deducir derechos sobre alguna cosa que otro posee.
Es sujeto demandado en esta acción la persona que públicamente (notoriamente) se jacte de que otro es su deudor, o de que tiene que deducir derechos sobre alguna cosa que otro posee.
Es sujeto actor o demandante en esta acción, el poseedor de la cosa respecto de la cual se ha indicado por el jactancioso que se deducirán derechos o la persona a la que se ha imputado ser deudor del jactancioso.

El Código de Procedimientos de la Capital Federal regulaba la acción de jactancia -arts.425 a 432.
Este instituto provenía de la Edad Media, y consistía básicamente en una acción que se promovía contra una persona quien se habría atribuído derechos o calidades, a fin de que el juez lo intimara a pronunciarse sobre la verdad o falsedad de los mismos. En el supuesto caso de ratificación se lo obligaba a entablar demanda, so pena de perder el derecho a la acción.
El problema desde el nacimiento de esta institución es que contrariaba el principio romano de que “nadie puede ser obligado a actuar contra su voluntad”.
A partir de la sanción de la ley Nº 17454 queda excluida la acción de jactancia de la legislación vigente y se introduce la acción meramente declarativa.
Morello, en su libro " La acción meramente declarativa en la jurisprudencia "opina que la relación entre estos dos institutos consiste en que “ambos tienden a dar certeza jurídica”.
Andrade, en su libro " La acción meramente declarativa " aclara que esta última es más que la acción de jactancia y difiere en cuanto que en la acción de jactancia se requieren dos procesos y un proceder jactancioso; mientras que la acción meramente declarativa - proceso único - no requiere de dicho proceder como requisito.
 #546676  por Tuiti
 
Ahora me puedo jactar que aprendí a googlear. :lol:
 #547245  por viko
 
MUchas gracias....
saludos y *suerte*