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  • CORTE DE SERVICIOS POR FALTA DE PAGO DE LOCACION

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 #513106  por doctorina
 
Estimados Colegas: vino a verme una persona que se atrasó dos meses en el pago del alquiler de su vivienda y si bien él está tratando de buscarle solución a sus problemas económicos, el propietario ha tomado como medida cortarle los servicios de luz, agua y gas ya que las conexiones provienen de la vivienda del dueño y los servicios están a su nombre por lo cual mi cliente no tiene forma de restablecerlos. La cuestión es que no se que vía tomar para buscarle solución al conflicto. Pensé en la aplicación del 617 ter del C.C. considerando el hecho como "deterioros o averías producidos en un edificio o unidad" ocasionando daño a otro y demostrando que el primero se niega a a permitir que se ejecuten las reparaciones necesarias, solicitar el allanamiento de la vivienda. Ello previa intimación al locador por CD para que permita realizar las reparaciones y mantenerlo a mi cliente en el uso y goce pacífico ya que si bien se encuentra con los pagos atrasados el contrato de locacion continua vigente....¿QUE LES PARECE?, DEBERÍA TOMAR OTRAA VÍA?????., ésto es lo úniico que se me ha ocurrido. Saludos a todos y desde ya agradezco sus comentarios.
 #540359  por ANAMARIAP
 
Hola, y si le hace una denuncia penal por turbacion de la posesión. Una CD intimando a que devulva los servicios, pero en este caso hicieron contrato o fue de palabra? Un saludo
 #542615  por Mordisco
 
Penal es mi talón de aquiles, pero cuando en el código de rito se trata sobre la turbación de la posesión se la ve dentro de la USURPACIÓN, yo en lo particular me inclino por la aplicación del art 1515 del Cód Cv cuando dice: "absteniéndose de impedir, minorar, o crear embarazos al goce del locatario."
 #542730  por doctorina
 
Mordisco escribió:Penal es mi talón de aquiles, pero cuando en el código de rito se trata sobre la turbación de la posesión se la ve dentro de la USURPACIÓN, yo en lo particular me inclino por la aplicación del art 1515 del Cód Cv cuando dice: "absteniéndose de impedir, minorar, o crear embarazos al goce del locatario."
Gracias. Te comento que intimé por el 1515 y me respondieron sin hacer mencion al corte de servicios intimando al pago de la locación. A todo ésto continúa sin los servicios éste pobre hombre! Saludos!