Hola, se me ha suscitado el siguiente problema.
En un juicio x daños y perjuicios venia activando la prueba informativa, reiterando los oficios a una empresa que nunca contestaba. Ayer fui a reiterar el oficio y el expte no estaba. Me di cuenta que había contado mal los plazos del art. 402 CPCC, para reiterarlo. Tengo miedo que la abogada de la otra parte me haya planteado la negligencia del 384 CPCC.
Realmente no se que hacer. No me pueden orientar? Gracias.
En un juicio x daños y perjuicios venia activando la prueba informativa, reiterando los oficios a una empresa que nunca contestaba. Ayer fui a reiterar el oficio y el expte no estaba. Me di cuenta que había contado mal los plazos del art. 402 CPCC, para reiterarlo. Tengo miedo que la abogada de la otra parte me haya planteado la negligencia del 384 CPCC.
Realmente no se que hacer. No me pueden orientar? Gracias.
