El tema es el siguiente:
Mi cliente adquiere un campo, cuyo titular es el causante de una sucesión, se está por firmar la cesión de derechos hereditarios, ya que hay dos herederos (el cónyuge y un sólo hijo, que es quien cede a mi cliente los derechos).
La sucesión del causante no la llevo yo, sino que fué iniciada por el abogado del heredero y mi pregunta es en que momento, una vez firmada la cesión, yo me presento con mi cliente en la sucesión? Por lo que leí tiene que ser si o si antes de la inscripción de la declaratoria de herederos, verdad?
Mi cliente adquiere un campo, cuyo titular es el causante de una sucesión, se está por firmar la cesión de derechos hereditarios, ya que hay dos herederos (el cónyuge y un sólo hijo, que es quien cede a mi cliente los derechos).
La sucesión del causante no la llevo yo, sino que fué iniciada por el abogado del heredero y mi pregunta es en que momento, una vez firmada la cesión, yo me presento con mi cliente en la sucesión? Por lo que leí tiene que ser si o si antes de la inscripción de la declaratoria de herederos, verdad?
María.-
